
Debido a la crisis financiera y a la nueva operativa bancaria de nuestras entidades, ahora se han convertido en las mayores inmobiliarias, compañías de seguros y las que con su actuación de restringir el crédito a particulares y empresas están generando una bolsa de morosos y parados.
Ser moroso, como vivir con esta lacra
Un moros no es un apestado de la sociedad, es una persona que en su momento formo parte del consumo desmesurado que los bancos ofrecían y no supo evaluar su capacidad de endeudamiento ni de gasto. NUNCA ES TARDE, Y PUEDES SEGUIR CON TU VIDA. Estar en esta tesitura, tiene algunos jandicaps a los que tendrá que acostumbrarse:
Nadie quiere llegar a tener esta situación, no se busca serlo, es un cúmulo de circunstancias las cuales empiezan a degenerar y llega un momento en el que no podemos hacer frente a los pagos de nuestras créditos, tarjetas, etc.… o de nuestro negocio.
Antes de llegar a esta situación, el banco nos ha dado la espalda, DESPUES DE HABERLE PAGADO SIEMPRE RELIGIOSAMENTE, pero señores ahora ya no somos interesantes, no pueden sacarnos nada y darnos un dinero para un negocio endeudado y poco productivo, NO ES UNA OPERACIÓN VIABLE, IGUAL QUE PRESTAR A UN PARADO, ES ASUMIR UN RIESGO MUY GRANDE.
Llegados a este punto, con el sistema nervioso alterado y la moral por los suelos, lo que tenemos que hacer es levantar esa moral y decir a la M….
Podemos intentar negociar con los acreedores y con las entidades con las que hemos contraído las deudas actuales, en su día créditos ofrecidos por la mismas entidades que ahora dicen NO y antes te ofrecían dos veces mas de lo que pedías y necesitabas. No digo que sean los culpables del 100% ya que nosotros podíamos decir (no solamente lo que le pido), GRACIAS.
Difícil verdad, como en su momento no fuimos capaces ahora somos unos morosos.
PERO SEÑORES, AQUÍ NO TERMINA EL MUNDO:
Podemos trabajar y ser emprendedores, pero tomando algunas precauciones:
Para un moroso, que trabaje para una empresa y cotiza en la seguridad social, será fácil de detectar, pero tomando precauciones y algunas medidas, el embargo no les quitara el sueño.
Los embargos tienen una tabla de aplicación por %, te quitan todo lo que acceda del sueldo base. Pero si cobras más del doble el tanto por ciento será mayor, el mínimo es un 30%, a la hora de los requerimientos judiciales declárate en rebeldía ni se contestan ni nos presentamos a juicio, pero guardamos bien el expediente que el juzgado de paz nos entrega después será de utilidad.
Primero aclararemos como tenemos que cobrar nuestra nomina y cuantos embargos podemos tener al mismo momento:
Señores solo se pude tener un embargo en la nomina, tenemos la cartilla donde cobramos la nomina ya que nadie nos puede ejecutar un embargo en nuestra cuenta mientras tengamos uno en nuestra nomina, lo que si que puede pasar, es que si se tiene otra libreta y dinero ingresado, ese nos lo pueden embargar.
Nunca dinero en libretas que no sean la de la nomina. No a los fondos de inversión, ES valor patrimonial y es embargable, si se tiene un fondo de inversión colocar todo el dinero en tu plan de pensiones, no es embargable.
Un truco para estar tranquilos ya que pueden tener un descuido y embargarnos la nomina ingresada, sobretodo la seguridad social y hacienda, es abrir una cuenta a nombre de la madre y nosotros de autorizados, a la empresa solo se le tiene que dar el numero de cuenta, casi ninguna pide una copia de la cartilla, al cabo de unos meses de ingresar la nomina, la madre puede solicitar una visa a nombre del hijo y como podéis ver, tenemos la parte del ego consumista solucionado, siendo morosos.
Las llamadas de las financieras son muy molestas, los bancos casi ya no reclaman las deudas, después de dos o tres llamadas ponen en proceso judicial y algunos venden la deuda a una empresa de recaudación de morosos, estos son los que no paran de llamar, siempre se les tiene que decir que no nos negamos a pagar, que ya tenemos un embargo en nomina, si amenazan les damos el teléfono de nuestro abogado, una buena empresa de abogados la cual les puede ser de utilidad es “Legalitas”, se paga una cuota al año y nos ayudan a solucionar muchos de nuestros problemas, también asesoran de lo que se necesite en todos los campos legales. Llegara un momento que dejaran de llamar. Que no noten el miedo, por ser un moroso no se tiene que perder la DIGNIDAD ni la SEGURIDAD en uno mismo,
Ahora las familias pueden ir y declararse insolventes, el proceso es muy caro y los recursos financieros los regula el juzgado, antes de llegar a esto se puede intentar reducir el embargo, contrataremos un abogado, (Legalitas, por ejemplo).
Antes de todo en el trabajo le pide por favor que hagan constar en nomina el embargo ya que cuando hagan un recurso siempre les pedirán las nominas para justificar el embargo. El recurso es para poder negociar con el juzgado un embargo mas bajo, se necesitara adjuntar mucha documentación, donde se acredite que con lo que se paga y lo que embargan no se puede vivir, si se vive de alquiler, tendrá de poner el alquiler solo a su nombre, la luz, el agua, el gas, esto es necesario para vivir no es ningún lujo, los móviles y teléfono y otros mejor no introducirlos. Hay muchos tipos de recursos su abogado sabrá cual es el más efectivo y al ATAQUE. Esto les ayudara a poder llevar un nivel de vida normal aun que sean morosos.
Todo esto no es fiable al 100%, pero si no luchamos, nos hundiremos en una depresión ya que en nuestra sociedad a una persona con Mora, nadie le da nada.
La siguiente información, les servira para saber llebar mejor, su nueva situación y tener algunos conocimientos, para poder buscar soluciones y la futura salida de esta no querida situación por nadie.
Listas de morosos cómo se entra y cómo se puede salir de ellas
Como hemos dicho antes otro de los culpables de la mora y los nuevos morosos, ha sido la subida de los tipos de interés ha provocado que las familias españolas tengan cada vez más dificultades para pagar sus préstamos. Los datos sobre morosidad del Banco de España así lo confirman. Pero no todos los ciudadanos conocen qué son los registros de morosos, cómo pueden entrar en ellos, cómo pueden salir y que consecuencias acarrea estar en esas listas.
¿Qué son los registros de morosos?
Los registros de morosos como ficheros automatizados de datos que sirven para reflejar los incumplimientos en los pagos tanto de personas físicas como jurídicas. Esto se hace para que las entidades crediticias puedan conocer y ponderar la situación de un potencial cliente que solicita financiación.
Los listados de morosos, dadas sus consecuencias negativas para aquellos que están incluidos en ellos, tienen el deber de ser escrupulosamente correctos y transparentes y permitir al moroso su rehabilitación en el mercado.
¿Cómo puedo entrar en una lista de morosos?
Para que a una persona o empresa se le pueda incluir en un registro de este tipo se deben dar las siguientes circunstancias:
- Que exista una deuda cierta, vencida y exigible que haya resultado impagada.
- Que se le haya solicitado el pago y que éste no se produzca.
- No tiene que existir una prueba documental que contradiga los dos requisitos anteriores.
Sólo se podrá registrar en una lista de morosos a las personas o entidades que cuenten con impagos a sus espaldas en los últimos seis años. En todo caso, se podrá introducir en el archivo a un ciudadano a partir del cuarto mes de impago, contando desde el vencimiento de la obligación incumplida o del plazo en concreto de la misma si fuera de cumplimiento periódico.
El impago de una persona sólo podrá estar registrado en el fichero de morosidad durante un plazo máximo de seis años, periodo que se contabilizará a partir de la inclusión del dato en el registro y, en todo caso, a partir del cuarto mes desde el vencimiento de la obligación.
El responsable del fichero debe notifica al afectado su inclusión en el mismo.
¿Cómo salir de un registro de morosos?
Para darse de baja en una de estas listas el afectado deberá acreditar el pago de la deuda junto con una fotocopia del DNI. Así, deberá enviar una comunicación que le permita acreditar el envío y la recepción del mismo al responsable del fichero común o a la empresa que presta los servicios de información de solvencia patrimonial. Si se desconoce la dirección del responsable del fichero se puede solicitar en la agencia Española de Protección de Datos.
El titular del fichero deberá responder sobre la eliminación de la persona de sus archivos en los diez días siguientes. Si el afectado no recibe una contestación en ese plazo o ésta es insatisfactoria, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, acompañando la documentación acreditativa de haber solicitado la cancelación de los mismos.
Las personas que se hayan visto perjudicadas por una vulneración de la normativa de protección de datos tienen derecho a recibir una indemnización.
El ASNEF-EQUIFAX es la asociación nacional de entidades de financiación y el RAI es el registro de aceptaciones impagadas. Los dos representan los registros de impagados más extendidos y utilizados por las entidades de crédito para consultar la solvencia económica de los clientes. Estas listas almacenan información sobre las personas que tienen o han tenido alguna deuda pendiente, por ejemplo a través de la letra de un crédito hipotecario, facturas o préstamos personales.
El RAI es el Registro de Aceptaciones Impagadas. Esta organización depende del centro de Cooperación Interbancaria, asociación creada por bancos, cajas y cooperativas de crédito.
En este listado aparecen las empresas o personas jurídicas que no han pagado cheques, pagarés, letras aceptadas y créditos.
El ASNEF es la asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito y funciona como registro de morosos. Así, comunica a las empresas crediticias que están asociadas a ASNEF si algún cliente está incluido en sus listados por impago de sus deudas.
Cómo salir de RAI o ASNEF
Las condiciones que deben cumplirse para aparecer en las listas de morosos son las siguientes:
- Existencia de una deuda cierta exigible, vigente e impagada por parte de la persona a la empresa.
- Requerimiento de pago por parte del acreedor sin respuesta de pago por parte del moroso.
- Inexistencia de prueba/s documental/es que anule alguno de los puntos anteriores.
En caso de no encontrarse en estas circunstancias y tener el problema de aparecer en alguno de los ficheros de morosos, deberá seguir los siguientes pasos para hacer desaparecer su nombre del listado correspondiente:
El interesado debe ser notificado de su inscripción en un uno de estos registros de morosos (RAI o ASNEF) en un plazo de 30 días por el titular del mismo.
Si los datos fueran incorrectos, habrá que solicitar la cancelación o modificación en un plazo máximo de 10 días.
El acreedor tiene 7 días para presentar pruebas documentales que contradigan el punto número 2.
Para darse de baja deberá proporcionar documentación que acredite la inexistencia de deuda junto con copia del DNI. El titular de la lista deberá eliminar los datos en los siguientes 10 dias.
Si no se obtiene respuesta habrá que dirigirse a reclamar a la Agencia Española de Protección de Datos adjuntado copia de los trámites y solicitud de baja cursada.
Si usted se ha visto perjudicado por una vulneración de esta normativa de protección de datos tendrán derecho a recibir una indemnización tras la interposición de una demanda ante la justicia ordinaria, debiendo demostrar y cuantificar el perjuicio sufrido junto al coste que tiene el proceso.
Si es un fichero de titularidad pública se deberá reclamar por el régimen de las Administraciones Públicas.
Es importante informar que es imposible obtener un crédito o préstamo personal para saldar la deuda contraída con el acreedor, si éste se solicita una vez contraído el impago. Esto sucede porque la entidad financiera consultará tanto CIRBE como los ficheros de morosos para conocer el historial crediticio del cliente que solicita tal préstamo.
¿Cómo actúan los bancos o cajas en caso de un impago?
Las entidades financieras tratan de forma diferente los impagos de las deudas, pero un método de actuación general es:
- Durante los primeros 20 días de impago, las entidades se ponen en contacto con el deudor para informarle de la deuda, por si se tratase de un olvido de éste.
- Si el impago persiste, la entidad envía avisos más “convincentes” en los que se suelen especificar los intereses de demora y las comisiones fijadas en el contrato del préstamo, que pueden oscilar entre el 5% y el 10%.
- A los tres meses del impago las entidades intensifican sus acciones con el objetivo de conseguir el pago de la deuda o, en su defecto, negociar una nueva forma de pago que se ajuste a las necesidades del cliente.
- Cuando han pasado seis meses y no hay acuerdo en la nueva forma de pago o persiste el impago, las entidades acuden a la vía judicial con la presentación de una demanda.
¿Qué consecuencias tiene el impago de una deuda?
Una vez que las entidades financieras o los perjudicados por la deuda hayan presentado una demanda de pago, se da paso al embargo de la vivienda o de los bienes con los que el moroso puede responder al impago si ésta es aceptada.
A partir de este momento, el moroso tiene la posibilidad de presentar un acuerdo de pago en el que se incluirán los costes judiciales, lo que puede impedir la subasta de sus bienes.
Si no se llega a un acuerdo se produce la subasta de la que la entidad o el acreedor obtendrá el pago de la deuda, incluidos los intereses de demora, comisiones, costes judiciales y demás gastos.
¿Cuáles son los registros de morosos más importantes?
Según datos de Serficoin, en España existen alrededor de 130 compañías y entidades que elaboran registros sobre impagos patrimoniales y de créditos.
Los más importantes son:
- Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI).
- Asociación Nacional de establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF- EQUIFAX).
- Información técnica del crédito (SEIDO).
- Centro de Cooperación Interbancaria- CCI.
- Dun & Bradstreet.
- Experian Bureau de Crédito (Badexcug).
Y si no pago la hipoteca:
El impago de hipoteca y embargo de la vivienda
En estos casos de impago de la hipoteca cabe preguntarse por las posibles consecuencias. Lo típico es que cuando se produce un impago de una deuda hipotecaria, el banco negocia con cada cliente de manera personalizada para conseguir la mejor salida para ambas partes. Ante el impago del a hipoteca, el banco suele plantear alargar el plazo del préstamo para abaratar las cuotas, contactar con entidades que refinancian la deuda o reunificar los pagos, e incluso asesorar en la venta del piso y así que se pueda hacer en buenas condiciones y sin las cargas de un procedimiento hipotecario.
Si todo esto falla y el impago de la hipoteca persiste, el banco inicia entonces la ejecución, poniendo la correspondiente denuncia judicial. Este procedimiento, dependiendo de la zona geográfica, puede tardar entre 8 y 18 meses. Es entonces cuando el juez declara el embargo de la vivienda, que, suele ser luego subastada por el banco.
Pero señores existe un producto, que resurge de sus cenizas, siempre que existe una crisis que es la DACIÓN EN PAGO, el banco no te ofrecerá esto, pero sepan ustedes que es mejor incluso que declararse en insolvencia ya que la hipoteca no se puede declarar.
En algunos bancos, cuando se produce un impago de la hipoteca, el banco genera automáticamente cartas, llamadas, correos electrónicos, sms y otras acciones encaminadas a reclamar la deuda. Éstas comienzan, en general, cuando el deudor tiene una cuota impagada de más de 15 días y suele terminar cuando lleva entre 90 y 120 días con cuotas impagadas.
Si no hay respuesta por parte del cliente, éste entra en la lista de morosos (Asnef) y la entidad traslada el caso a la asesoría jurídica para su reclamación judicial.
Si vemos que no podemos hacer frente al pago de la hipoteca y es por culpa de haber comprado un piso nuevo y no haber vendido el viejo, recurra a la Dación y sáquese la finca nueva de encima, si no perderá las dos vivienda ya que el sector inmobiliario no ha tocado suelo y los precios bajaran mucho mas de lo que nos pensamos.
Aunque, desde septiembre de 2004 que entró en vigor la nueva Ley Concursal, las personas físicas pueden acogerse a un procedimiento similar a la figura de la suspensión de pagos o la quiebra que existe para las empresas que no pueden hacer frente a las cargas -concurso de acreedores-. Gracias a esta ley, un juez de Barcelona declaró recientemente, por primera vez, la suspensión de pagos de un matrimonio tras declararse insolvente. Su casa no fue embargada y el banco tuvo que acordar con el cliente la forma para lograr el cobro. Pero es un parche y muy caro, que no esta al alcance de los bolsillos de todos los ciudadanos.