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	<title>SOY MOROSO</title>
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		<title>SOY MOROSO</title>
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		<title>Carta de un Moroso por Hacienda</title>
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		<pubDate>Sat, 27 Jun 2009 10:03:18 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Carta de un Moroso por Hacienda]]></category>

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		<description><![CDATA[Carta de un moroso.  Bienvenidos, Nuestro amigo, Jordi, nos quiere explicar su caso y la solución que el ha encontrado, para vivir como cualquier persona ya que por ser moroso, uno no pierde su humanidad.  En su cata, nos comenta, Jordi, que vive en playa de Aro, que el lo ha pagado todo, hasta que [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=24&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="aligncenter size-full wp-image-26" title="Dibujo" src="http://soymoroso.files.wordpress.com/2009/06/dibujo1.jpg?w=780" alt="Dibujo"   /></p>
<p><span style="color:#800000;"><strong>Carta de un moroso.</strong></span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"><strong> </strong>Bienvenidos, Nuestro amigo, Jordi, nos quiere explicar su caso y la solución que el ha encontrado, para vivir como cualquier persona ya que por ser moroso, uno no pierde su humanidad.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">En su cata, nos comenta, Jordi, que vive en playa de Aro, que el lo ha pagado todo, hasta que hacienda, por un negocio que cerro por tener perdidas siempre, le reclama 508.000 € con muchos intereses incluidos en esta cantidad, el ha decidido hacerse un Moroso crónico, para poder vivir con normalidad.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><strong><span style="color:#0000ff;">Jordi, nos cuenta, su Historia:</span></strong></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Hola buenas, mi nombre ya lo sabéis, no quiero esconderme ya que esta situación es por las leyes que tenemos, yo hasta el mes pasado, pagué todas las deudas que tenía reconocidas con hacienda, hace mas de 8 años que me embargan la nomina y todo lo que tenga en otras cuentas, que no tengo o propiedades, que tampoco tengo.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Ha día 15 de Junio de 2009, Avia terminado de pagar todas las deudas reconocidas, hace muchos años, tenia una empresa comercial de venta telefónica, la cual tuve que mal vender con trabajadores incluidos y en ella es donde me reclaman la deuda hacienda, en su día, contrate unos abogados, que recurrieron hacienda, aportando toda mi documentación y la de la empresa de que no era viable, como no tenía mas dinero deje morir la sociedad ya que no la pude liquidar, cuesta mucho dinero y yo ya no podía mas.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;">(Pienses, que para poder pagar a los abogados, tuve que constituir una nueva sociedad, traspasar a todos los trabajadores a la nueva sociedad, para poder venderla sin deudas y para no tener que despedir a ningún trabajador.).</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Echo, los recursos y todo lo que nos pido la administración, al no tener respuesta durante tantos años y al ver que le van embargando el sueldo por temas de hacienda y la seguridad social, cuando crees que has terminado, te entra un alivio general, de empezar una nueva vida.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Pero, de golpe y sin avisar, te cuelgan un embargo, lo notifican a la empresa donde trabajas, la cual be, el embargo por el que te ejecutan, pudiendo perder tu trabajo, pero como ha ellos les da igual ya que también te embargan el paro.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Ves, que no puedes empezar esa nueva vida, pero tampoco quieres hundirte en un pozo y piensas en buscar soluciones y <strong>TACHAN. ME COMBIERTO EN MOROSOS CRONICO.</strong></span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><strong><span style="color:#0000ff;">SI SEÑORES, CUANDO ME LLAMAN DE ALGÚN SITIO PARA RECLAMARME ALGUNA DEUDA DE HACE AÑOS, LES DIGO, QUE SE LA RECLAMEN HACIENDA, ENCIMA, HACIENDA ME COBRA EN MI DECLARACIÓN, YA QUE NO CUENTA EL EMBARGO DE NOMINA QUE ME HACEN.</span></strong></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><strong><span style="color:#0000ff;">LES EXPLICARE, MI SOLUCIÓN Y LES ACONSEJO QUE DE MOMENTO ASTA QUE NO CAMBIEN LAS COSAS, NO SE HUNDAN EN UN POZO Y TIREN HACIA DELANTE.</span></strong></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Actualmente trabajo en una empresa, la que me realiza el embargo de nomina, como no pasa del doble del sueldo mínimo interprofesional, me embargan un 30% del resto, de momento no me comprare ninguna vivienda, pero dentro de un añito, si que invertiré, en algún apartamento en la costa para alquilar.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Lo que ago, es alquilar una vivienda, y realizar un Recurso de alzada, que llevare asta las instancias mas altas, ya que pagando el alquiler y el embargo, estoy por debajo de mi capacidad de solvencia para poder vivir dignamente, estoy negociando un embargo muy inferior. (Yo no pago el alquiler por completo, pero si que tengo el piso a mi nombre.).</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">No tengo otras libretas, pero como me embargan el sueldo ya no me pueden embargar nada de la cuenta, donde cobro mi nomina, y con la entidad, puedo contratar una tarjeta de crédito, también contrato un plan de jubilación, no es embargable y me lo puedo declarar, como are este año con el alquiler, de esta manera hacienda me pagara.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Les explicare, como he hecho, para poder comprar dentro de un año, me cambiare el vehiculo y comprare mi primer apartamento, en esta nueva vida.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">Esto, solo lo podrán hacer, los autónomos y futuros emprendedores ya que siendo moroso, puedes empezar de nuevo.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">He constituido una SL, a nombre de mi madre y hermano, me han firmado poderes ilimitados y yo soy el administrador, pero soy administrador sin retribución ni acciones, todas las cuentas, están a nombre de la sociedad y sigo con una de mis actividades, paralelamente a mi trabajo y dentro de unos años, viviré dignamente y con mi otra vida, pagare la cuota minima que me embargara hacienda.</span></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><strong><span style="color:#0000ff;">TODOS PODEMOS VIVIR DIGNAMENTE Y TODOS TENEMOS DERECHOS Y POR MUCHO QUE SEA UNA ADMINISTRACIÓN, NO PUEDE QUITARNOS NUESTROS DERECHOS.</span></strong></p>
<p style="text-align:justify;"><strong><span style="color:#0000ff;"> </span></strong><strong><span style="color:#0000ff;">NO TE DEPRIMAS, EL MUNDO DA MUCHAS VUELTAS Y SIEMPRE HAY UNA SOLUCIÓN PARA CASI TODO, SE FELIZ Y VIVE SIN DAÑAR A NADIE.</span></strong></p>
<p style="text-align:justify;"><span style="color:#0000ff;"> </span><span style="color:#0000ff;">He querido explicarles a grandes rasgos mi situación vivida y mi situación actual, sigo creyendo que si se puede uno tiene que pagar, pero si quieren tomarte el pelo y abusar de ti, cada uno debe tomar el camino que crean necesario. YO LES DEJO UNA PUERTA ABIERTA, SOBRETODO NO SE HUNDAN.</span></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/soymoroso.wordpress.com/24/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/soymoroso.wordpress.com/24/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/soymoroso.wordpress.com/24/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/soymoroso.wordpress.com/24/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/soymoroso.wordpress.com/24/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/soymoroso.wordpress.com/24/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/soymoroso.wordpress.com/24/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/soymoroso.wordpress.com/24/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/soymoroso.wordpress.com/24/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/soymoroso.wordpress.com/24/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/soymoroso.wordpress.com/24/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/soymoroso.wordpress.com/24/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/soymoroso.wordpress.com/24/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/soymoroso.wordpress.com/24/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=24&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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		<title>Ser o no Ser un Moroso</title>
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		<pubDate>Wed, 03 Jun 2009 20:49:22 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Ser o no Ser un Moroso]]></category>

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		<description><![CDATA[  Hola a todos/as, a petición de todos los blogueros que circulan libremente por mis blogs y para que los que pronto circularan, volvemos a escribir un artículo triple explicando todo lo que nos afecta al convertirse o al ya ser un moroso, en estos momentos tal como está la economía y el mercado laboral, [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=16&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><span style="color:#660000;"> </span><a href="http://1.bp.blogspot.com/_wO9sam1Bt4g/ShUVDzgCUaI/AAAAAAAAB4U/5MJF7u20B-E/s1600-h/untitled22%C3%B1.bmp"><img style="display:block;width:267px;cursor:hand;height:400px;text-align:center;margin:0 auto 10px;" src="http://1.bp.blogspot.com/_wO9sam1Bt4g/ShUVDzgCUaI/AAAAAAAAB4U/5MJF7u20B-E/s400/untitled22%C3%B1.bmp" border="0" alt="" /></a></p>
<div><span style="color:#000099;font-family:arial;">Hola a todos/as, a petición de todos los blogueros que circulan libremente por mis blogs y para que los que pronto circularan, volvemos a escribir un artículo triple explicando todo lo que nos afecta al convertirse o al ya ser un moroso, en estos momentos tal como está la economía y el mercado laboral, un moroso ya no es un bicho raro, pero las entidades y otras empresas de servicios, tendrían de saber diferenciar, el que lo es por la actual situación o el que es un moroso crónico y ya les digo yo que es fácil de diferenciar, no hace falta ningún máster concreto, por mucho que la escuela lo financien.</span></div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"></p>
<div>
A continuación, para que no tengan que buscar los otros artículos definiremos que es un moroso, que es un impago en que y a quien afecta, si dejamos de pagar una hipoteca o un crédito y todo lo que pueda ser de ayuda y utilidad, para poder afrontar y salir de esta situación no querida, por la mayoría.</p>
<p><strong><span style="color:#660000;">Que es un Moroso:</span></strong></div>
<p><strong> </strong></p>
<div>
Estamos acostumbrados a usar cotidianamente la palabra moroso cuando alguien debe algo a otra persona o entidad. Pero jurídicamente, ¿qué es un moroso?¿qué consecuencias tiene serlo?<br />
Moroso, es la persona física (un individuo) o jurídica (empresa o entidad) que está legalmente reconocido como deudor. En España, es deudor aquella persona que tiene tres o más recibos impagados. Pero para que una persona sea reconocida como moroso debe aparecer su nombre en un documento legal que reconozca estas deudas junto el valor de los pagos pendientes y el nombre del deudor. De no existir dichos documentos la deuda no existe como tal y el individuo no es considerado moroso. De ahí la importancia de guardar todos los documentos cinco años mínimo (fecha que varía en función del documento) para estar siempre resguardado ante posibles deudas.</div>
<div>
Para clasificar los morosos potenciales, existen unos ficheros electrónicos (las listas de morosos) que relaciona los morosos de las distintas bancas españolas pero incluso existen para ciertas empresas privadas. De tal forma que las entidades crediticias antes de conceder un crédito a cualquier persona o empresa, revisan este fichero para asegurarse que no dan el dinero a un moroso.</div>
<div>
En España existen varias formas de actuar contra los morosos, una de ellas consiste en hacer una petición formal al juzgado de primera instancia, de nuestra localidad, haciendo constar los datos del moroso, domicilio (si se conociese) y cantidad impagada (sobra decir que esa deuda tiene que estar reconocida legalmente por algún documento mercantil).</div>
<div>
Otra forma, la más antigua de todas, consiste en contratar una empresa de presión “cuerpo a cuerpo” para conseguir el pago. Entre este tipo de empresas destaca “el cobrador del frac” que persiguen al moroso hasta que ejerce el pago.</div>
<div>
<p><strong><span style="color:#660000;">Clientes morosos</span></strong></div>
<p><strong> </strong></p>
<div>
Los clientes morosos son aquellas personas que exceden del plazo de tiempo de crédito otorgado para pagar sus cuentas.</div>
<div>
Los empresarios tienen problemas con sus clientes, ya que éstos tardan y se atrasan en los pagos del producto, una de las soluciones es establecer un control de crédito o sistemas de apartado con políticas bien definidas para evitar este tipo de problemas con los clientes.</div>
<div>
<strong><span style="color:#660000;">Definiciones de Moroso en la web:</span></strong></div>
<p><strong></strong></p>
<div>
- Moroso puede referirse a: * Persona que no paga sus deudas, moroso. * La empresa italiana de muebles de diseño, Moroso. * La Ermita de San Román de Moroso en Cantabria (España).</div>
<div>
- Moroso es la persona física o jurídica que está legalmente reconocido como deudor, en el ámbito bancario español se suele aplicar a partir del tercer recibo impagado.</div>
<div>
- Que actúa o transcurre lentamente; Que se ha demorado en exceso en el pago de una deuda, más allá del límite pactado.</div>
<div>
- Morosidad &#8211; La mora es el retraso en el cumplimiento de una obligación o deber.</div>
<div>
- 1. Persona física o jurídica que se retrasa en el pago de una deuda. 2. Para las entidades de crédito, persona física o jurídica que se retrasa más de tres meses en el pago de una deuda.</div>
<div>
- Deudor que no ha cancelado los valores correspondientes a las obligaciones contraídas originalmente con el ICETEX en razòn del crédito asignado por dicha entidad, enl la forma, condiciones y términos contemplados por el reglamento de crédito educativo del ICETEX.</div>
<div>
- Sujeto que incurre en mora.</div>
<div>
- morosidad &#8211; Una cuenta se encuentra en mora cuando el prestatario se encuentra atrasado en el pago de las cuotas exigibles y ello ocurre cuando el pago no se recibe en la fecha de vencimiento que aparece en la factura o cupón de pago.</div>
<div>
- morosidad &#8211; f. Lentitud, demora. Falta de actividad.</div>
<div>
- morosidad &#8211; Tardanza, demora.</div>
<div>
- morosidad &#8211; Ausencia de pagos hipotecarios a tiempo o falta de cumplimiento de otros requisitos de una hipoteca.</div>
<div>
- morosidad &#8211; No cumplir con los pagos en la fecha prevista.</div>
<div>
- morosidad &#8211; No efectuar el pago de una deuda o préstamo dentro del plazo. Normalmente, se considera que una cuenta es &#8220;morosa&#8221; después de permanecer impagada durante varios ciclos de facturación consecutivos de 30 días.</div>
<div>
<p><strong><span style="color:#660000;">Situaciones pre morosas</span></strong></div>
<p><strong></strong></p>
<div>
Las alarmas comienzan a dispararse cuando la falta de liquidez provoca no poder hacer frente a los pagos de los suministros, como la luz, el agua, y el gas, porque echando cuentas, con los ingresos de los que se dispone no se cubren todos los gastos; pero la coletilla de &#8220;cualquier cosa menos dejar de pagar la letra&#8221; comienza a sonar. El siguiente nivel es dejar de pagar el crédito de las tarjetas, y el último y más significativo es el de no abonar a la entidad bancaria la cuota hipotecaria.</div>
<div>
La situación menos mala es la de no perder el empleo y poder mantener un equilibrio entre lo que se gana mensualmente y lo que se paga. Pero el moroso fortuito no elige entrar en esta espiral de impagos, y las circunstancias le vienen mal dadas. No obstante, hay un pequeño antídoto para curar estas situaciones pre morosas: la refinanciación de deudas. Es un instrumento que permite aliviar el peso de la deuda bancaria ya que en esta gestión el pre moroso solicita bajar la cantidad de cuota hipotecaria o del conjunto de recibos que se pagan a las entidades de crédito. Eso sí la contrapartida es que ello supone prolongar el plazo de tiempo a devolver el crédito. O lo que es lo mismo, se amplía el plazo de amortización de la hipoteca con el consiguiente aumento de los intereses bancarios.</div>
<div>
Por norma general, el sobrecoste varía en función de la cuantía del préstamo y el plazo al que se amplíe, pero se puede calcular que pagar menos cuota en un momento determinado puede salir de media un 20% más caro al final del crédito. Si el ciudadano hipotecado opta por duplicar el tiempo de pago del crédito, la operación le supondrá pagar casi un 50% más.</div>
<div>
<strong>Pan para hoy&#8230;</strong></div>
<p><strong></strong></p>
<div>
Esta solución no es siempre viable para solventar los problemas de deudas. Así, por ejemplo, establece dos supuestos en los que no se recomienda solicitar una ampliación. Por un lado, si además de un préstamo hipotecario hay inscritas en el registro otras cargas, es decir, más hipotecas o embargos, la entidad de crédito no podrá ofrecerle una ampliación de su préstamo porque con la legislación hipotecaria actual perjudicaría la seguridad jurídica de la operación. Además, tampoco es aconsejable si el préstamo original tiene ya un plazo de amortización de cuarenta o más años; el alargamiento del plazo tiene un efecto mínimo en la reducción de la cuota y máximo en el encarecimiento de los costes totales.</div>
<div>
No obstante, la opción de ampliar el plazo de amortización de la hipoteca no es del todo mala para aquellos que tengan contratado un préstamo hipotecario cuyo plazo de devolución sea menor, pues el ahorro mensual será considerable. Pero parece complicado encontrar a alguien con una hipoteca a amortizar en un periodo de tiempo corto. Y es que el plazo medio al que se firman las hipotecas en España se acerca a los 30 años. De cualquier modo, la persona que finalmente opte por solicitar este trámite debe saber que ésta puede ser una medida temporal, y que una vez resuelta su dificultad específica para asumir una cuota mayor podrá reducir de nuevo el plazo de amortización para ajustarlo a las nuevas circunstancias económicas. De esta manera, acelerará de nuevo el ritmo de devolución de capital y aminorará el coste global de la operación.</div>
<div>
Otra de las recetas a las que acudir para no encadenar una situación de morosidad es la de proponer un periodo de carencia a la entidad bancaria con la que se haya suscrito la hipoteca. Es muy común que tanto bancos como cajas de ahorro oferten entre dos y cinco años de carencia en sus préstamos hipotecarios. Durante estos periodos no se amortiza el capital que se debe sino que sólo se pagan los intereses, por lo que la cuota hipotecaria es algo menor. Las entidades conceden estos periodos de gracia al inicio de la relación, cuando los solicitantes están más ahogados por la falta de dinero ya que deben hacer frente a otros gastos que conlleva una vivienda: reformas, muebles, impuestos&#8230; Al igual que sucede al ampliar el plazo de devolución de un préstamo hipotecario, el periodo de carencia es una solución excepcional que no debe despistar de la realidad: se retrasa el pago de la deuda pero no se acaba con ella. Además, es una propuesta que se debe negociar con la entidad bancaria y dependiendo de la situación no es del todo seguro que vaya a aceptar.</div>
<p><strong><span style="color:#660000;">Cómo superar el parón sin ser un moroso</span></strong></p>
<div><strong></strong></div>
<div><span style="color:#000099;font-family:arial;">- Las entidades prefieren no quedarse con las viviendas y optan por negociar con el cliente.</span></div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"></p>
<div>
- La morosidad es una sombra que sobrevuela miles de hogares en España, pero todavía es sólo eso: una amenaza. Los verdaderos problemas llegarán a la vuelta del verano. Las crisis anteriores así lo han demostrado. Ahora muchos hogares se van de vacaciones y a la vuelta &#8220;ya veremos cómo solucionamos las dificultades&#8221;.</div>
<div>
Pero lo peor es que cientos de empresas no volverán a abrir tras cerrar por vacaciones y otras muchas no renovarán los contratos temporales. Eso significa más paro y más impagos. En torno a 100.000 familias podrían dejar de pagar sus hipotecas este año.</div>
<div>
<strong>El banco no quiere la casa</strong></div>
<div>
<strong><span style="color:#660000;">Para evitarlo existen algunas fórmulas.</span></strong> Un director de Banca , explica que el banco no tiene ningún interés en quedarse con las viviendas y menos las de aquellos que llevan ya varios años pagando la hipoteca. Su negocio no es el inmobiliario y lo que quieren es cobrar la deuda y los intereses, que es lo que les aporta beneficios. Por eso, se sientan a negociar con el cliente siempre que ven posibilidades de que acabe pagando.</div>
<div>
Las salidas más utilizadas son la ampliación del plazo de la hipoteca, la concesión de un año de carencia en el que sólo se pagan intereses (en casos excepcionales dan hasta dos) o una mezcla de ambos.Cuando se tienen numerosos créditos también se puede optar por la reunificación de todos ellos. Las propias entidades lo ofrecen si ven que consiguen abaratar las cuotas y es la única salida para las finanzas familiares.</div>
<div>
Además, para la situación actual es recomendable tener contratado un seguro de protección de pagos, explica la directora de marketing de la aseguradora April Iberia. Con él, se cubre el paro involuntario de los empleados o la incapacidad temporal de los autónomos. Es una póliza cada vez más común, integrada en muchos casos en el seguro de vida.</div>
<div>
A lo que no debe recurrirse como escapatoria es a los préstamos privados. Si una entidad financiera no encuentra una salida al embargo es porque probablemente no la hay. Los tipos de interés de los prestamistas privados pueden rondar el 20% y, en muchos casos, su único objetivo es quedarse con la vivienda.</div>
<div>
Y si se intenta todo y no se consigue refinanciar la deuda ni vender la vivienda para saldar los préstamos, hay que hacerse a la idea de que a la tercera cuota impagada el banco le considerará moroso. A partir de ahí empieza un farragoso y largo trámite judicial. Mientras dura ese proceso, el deudor siempre puede pagar los atrasos y los costes de la causa (unos 10.000 euros de media) y paralizarlo todo. Si aun así llega al deshaucio, sigue teniendo la posibilidad de recuperarla cuando el banco la saque a subasta porque tiene preferencia sobre cualquier otra puja.</div>
<div>
<strong>Soluciones más baratas y más caras</strong><br />
<strong><span style="color:#660000;"><br />
AMPLIAR EL PLAZO</span></strong><br />
Es la solución más fácil y rápida. Las entidades no ponen prácticamente problemas para concederlas y los trámites son gratuitos. No obstante, aunque parece la más barata es la más cara a la larga porque los intereses pueden llegar a triplicarse. Es útil si el plazo inicial no supera los treinta años. Puede servir para compensar el encarecimiento provocado por el alza del Euribor.<br />
<strong><span style="color:#660000;">CARENCIA DE UN AÑO<br />
</span></strong>Depende de que la entidad la conceda. Los trámites para un crédito de 150.000 euros son de unos 3.100 euros. Resulta más útil cuantos más años se lleve pagando la hipoteca. En los primeros años prácticamente sólo se pagan intereses y apenas se amortiza capital, con lo que dejar de pagarlo apenas se nota.<br />
<strong><span style="color:#660000;">SEGURO DE PARO</span></strong><br />
Se paga de una vez y cuesta en torno al 1,1% de la hipoteca (1.650 euros para una de 150.000 euros). Cubre durante cinco años y abona la cuota mensual en caso de paro durante un máximo de 12 meses.</div>
<p></span></span></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/soymoroso.wordpress.com/16/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/soymoroso.wordpress.com/16/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/soymoroso.wordpress.com/16/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/soymoroso.wordpress.com/16/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/soymoroso.wordpress.com/16/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/soymoroso.wordpress.com/16/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/soymoroso.wordpress.com/16/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/soymoroso.wordpress.com/16/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/soymoroso.wordpress.com/16/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/soymoroso.wordpress.com/16/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/soymoroso.wordpress.com/16/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/soymoroso.wordpress.com/16/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/soymoroso.wordpress.com/16/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/soymoroso.wordpress.com/16/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=16&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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	</item>
		<item>
		<title>Ser o no Ser un Moroso (Continuación)</title>
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		<pubDate>Wed, 03 Jun 2009 20:48:08 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[  Principales registros de morosidad   Seido, S.L. Asnef-Equifax Centro de Cooperación Interbancaria (gestiona el RAI). RAI. Defensa del CréditoGrupo Interprés (dirige el BDI). Dun &#38; Bradstreet.Iberinform. Crédito y Caución EL ASNEF el mas famoso, qué es, cómo saber si se pertenece a su registro y cómo salir de él. La Asociación Nacional de Establecimientos [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=14&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p> </p>
<div><span style="color:#660000;font-family:arial;"><strong>Principales registros de morosidad</strong></span></div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong> </strong></p>
<div>
Seido, S.L.</div>
<div>Asnef-Equifax</div>
<div>Centro de Cooperación Interbancaria (gestiona el RAI).</div>
<div>RAI.<br />
Defensa del CréditoGrupo Interprés (dirige el BDI).</div>
<div>Dun &amp; Bradstreet.Iberinform.</div>
<div>Crédito y Caución</div>
<div>
<p><span style="color:#660000;"><strong>EL ASNEF el mas famoso, qué es, cómo saber si se pertenece a su registro y cómo salir de él.</strong></span></div>
<div>La Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) fue constituida en 1957 como una organización empresarial y que sirve de enlace entre las entidades crediticias y las Administraciones Públicas y con su labor pretende facilitar a los consumidores y empresarios, el acceso a los bienes de consumo. Dentro de sus muchas actividades, la primordial es que funciona como un registro de morosos, y tiene como objetivo comunicar esta información a todas las empresas crediticias asociadas a la ASNEF.</div>
<div><span style="color:#000099;font-family:arial;"><br />
En 1994 Equifax, empresa con más de 100 años de historia, de la mano con <strong>ASNEF</strong>, se instaló en España, con el fin de ayudar a las empresas a minimizar riesgos financieros y a maximizar las ganancias y oportunidades de crecimiento. La hermandad de ambas empresas es fundamental para el oportuno desarrollo de actividades de financiación </span><span style="color:#000099;font-family:arial;">y crédito en España.</span></div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong><span style="color:#660000;"></p>
<div>
Puede suceder que una persona se encuentre por error inscrito en este registro, en cuyo caso el afectado tendrá que presentar pruebas constatadas por escrito de que no se adeuda ninguna cantidad y hacerla llegar directamente a la entidad financiera que le acusa o bien a la Asociación. Según la Ley, antes de cinco días el dato, si es incorrecto, será corregido.</div>
<div>
Sobre cómo una empresa crediticia o de servicios reporta a uno de sus clientes como moroso, la respuesta es incierta pues depende de la compañía y sus políticas, sin embargo como ejemplo, las empresas de servicios de telecomunicación usualmente incluyen en el <strong>ASNEF</strong> a clientes que devuelven al menos tres recibos.</div>
<div>
Lo primero que la empresa debe hacer es notificarle al afectado, es su derecho; y adjuntarle información necesaria para que el cliente recurra a ella en vías de saldar la deuda y de cancelar su registro en la lista. A partir de ese momento el afectado tiene el deber de informarse, en la carta de notificación indican una dirección electrónica a la cual recurrir:</div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong><span style="color:#660000;"> </span></strong></p>
<div>
Como vimos anteriormente aparecer en los ficheros de la <strong>ASNEF</strong> es muy fácil, sin embargo, una vez saldada la deuda muchos afectados suelen seguir apareciendo en esa ‘lista negra’, la razón es porque las empresas crediticias no suelen actualizar los datos del cliente y tampoco se preocupan por informar a la <strong>ASNEF</strong> de su nueva situación.</div>
<div>
Como consecuencia, tiene que ser el afectado quien inicie su trámite de cancelación del registro; este proceso puede ser complicado sin embargo recuerde que tiene el derecho a ser informado sobre qué trámites debe realizar, y si su deuda está saldada no tiene porqué haber ningún inconveniente en que desaparecer del fichero.</div>
<div>
De principio el afectado tiene que demostrarle a la <strong>ASNEF</strong> por medio de documentos y cartas de solicitud que la deuda está saldada. Aunque el registro tiene el derecho de mantenerle en sus ficheros como antiguo deudor por seis años como máximo, no suelen hacerlo, lo cual resulta beneficioso pues un historial crediticio negativo podría ser muy dañino cuando el cliente quiera solicitar un nuevo crédito.</div>
<div>
Una vez llenadas las solicitudes de cancelación, mismas que se consiguen a través del fichero electrónico de la ASNEF, y anexados los documentos que comprueban que el saldo está pagado, debe enviarse por correo certificado a las oficinas del registro.</div>
<div>
Si todo está en orden, en un plazo máximo de un mes el afectado desaparecerá de la lista y es muy probable que el historial no se guarde, así que será como si nunca se hubiera pertenecido a la <strong>ASNEF</strong>.</div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong><span style="color:#660000;"> </span></strong></p>
<div>
Es fundamental para una empresa crediticia la seguridad y la fiabilidad de los clientes, así que un cliente que figure en las listas de la <strong>ASNEF</strong> difícilmente consigue un crédito; aunque no es imposible.</div>
<div>
Gracias a la fuerte competencia en el mercado de los créditos hipotecarios</div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"></p>
<div>
Las empresas suelen requerir garantías adicionales ya sea una propiedad, más avalistas o la contratación de un seguro de protección de pago. De hecho existen numerosas empresas dedicadas específicamente al asesoramiento de personas registradas en la Asociación y que necesitan recurrir a un préstamo, suelen ser consultorías costosas, así que vale la pena considerar este importe adicional en el préstamo que se quiere conseguir.</div>
<div>
<p><strong><span style="color:#660000;">TODO SOBRE A.S.N.E.F</span></strong></div>
<p><strong> </strong></p>
<div>
<p><strong>¿QUÉ ES LA A.S.N.E.F.?<br />
</strong><br />
Es la Asociación Nacional de Establecimientos de Financieros de Crédito, engloba a todas las Entidades Financieras de España y el grupo interpres , la mayor firma de informes comerciales cuyo registro se llama BDI.</p>
<p>Es un registro de datos relativos al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones de pago, llamado vulgarmente, registro de morosos y obtienen sus datos de los acreedores, bancos y entidades financieras.</p></div>
<div>
Las operadoras de telefonía y otras también están dadas de altas como Entidades Financieras ya que nos facilitan un crédito en forma de servicio.</p>
<p>Estos registros se regulan por la Agencia de Protección de Datos, Instrucción 1/1995 de 1 de marzo.</p>
<p><span style="color:#3366ff;">www.agenciaprotecciondatos.org</span></p>
<p><strong>1.-ASNEF: ¿Cuándo me pueden incluir?</strong></p>
<p>El primer paso para evitar ser incluido en la <strong>A.S.N.E.F.</strong>, es pagar religiosamente nuestras facturas y cumplir nuestros compromisos de pago con las entidades financieras y otros.</p>
<p>Muchas veces, aún pagando, por diversos errores de los que no somos culpables nos incluyen en esta base de datos.</p>
<p>Para que nos puedan incluir la deuda debe ser cierta, vencida y exigible, que haya resultado impagada y que nos hayan requerido su pago.</p>
<p>El impago no puede ser incluido antes del cuarto mes de que se produzca y no pude permanecer en el registro mas de seis años desde la fecha de inclusión.</p>
<p>No tienen que tener nuestro consentimiento ni conocimiento, pero si que deben ser exactos y que respondan de la veracidad de la situación, si no se cumpliesen estos requisitos el responsable del registro esta habilitado para cancelarlos.</p>
<p><strong>ASNEF: COMO SABER SI ESTOY INCLUIDO Y POR QUIÉN</strong></p>
<p>La obligación de comunicar la inclusión en estos registros viene determinada por el artículo 29.2 de la Ley Orgánica.</p>
<p>El responsable de <strong>ASNEF</strong> nos debe comunicar en el plazo máximo de 30 días nuestra inclusión, ofreciéndonos el derecho de recabar información sobre los datos recogidos en el fichero.</p>
<p>La notificación se dirige al último domicilio conocido del afectado, por ello muchas veces no se recibe esta comunicación, ya que los datos que se les facilita a <strong>ASNEF</strong> suelen estar desvirtuados o desfasados.</p>
<p>Otra forma bastante sencilla de saber si se esta incluido es dirigirse a una entidad bancaria (normalmente con nuestro banco) y al gestor de la misma (que tengamos confianza) y preguntárselo. Estos datos son confidenciales y todas las entidades financieras tienen acceso a ellos, y en teoría no los deben de facilitar. Es más no deben de mencionarlos como motivo a la hora de denegar un préstamo.</p>
<p>Si no tenemos tanta confianza en el banco, propondremos el estudio de un préstamo para comprarnos un coche (por ejemplo) y preguntaremos al gestor si cree que tendremos algún problema para su concesión .Lo primero que hará será pedirnos el DNI y mirará en todas las bases de datos de morosos. Un poco de ingeniería social no viene mal.</p>
<p>No obstante, la Ley reconoce los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición. Este último derecho, el más novedoso, permite al usuario oponerse a que sus datos sean recogidos y tiene como únicas excepciones los casos en que exista una ley que así lo permita (uno no puede oponerse a que Hacienda le investigue) o cuando medie una relación contractual (no puedo oponerme a dar mis datos a mi banco si este los necesita para gestionar mi préstamo o mi cuenta corriente).</p>
<p>Por ello nos dirigiremos al responsable del registro de la <strong>ASNEF</strong>, ejercitando nuestro derecho de acceso para que nos faciliten el origen de los datos, es decir quién y porqué se los han facilitado. Además nos debe de informar del uso que se haya hecho de dicha información y a las personas a las que se ha facilitado.</p>
<p><strong>ASNEF: PERJUICIOS QUE OCASIONA EL ESTAR INCLUIDO</strong></p>
<p>El perjuicio es nefasto. Cualquier financiación u operación financiera que necesitemos será denegada .Todos los bancos y financieras, operadoras de telefonía y otras, el primer estudio que realizan es filtrar al cliente ,con su DNI y nombre, acceden informativamente a <strong>RAI, ASNEF, BDI, INCIDENCIAS JUDICIALES Y EXPERIEAN</strong>, entre otras.</div>
<div>
Normalmente si estamos incluido en cualquiera de estos registros nos denegarán nuestra solicitud: alta de teléfonos, tarjetas de compras, créditos,…, y lo peor es que en la mayoría de los casos no te dicen el motivo de denegación.</p>
<p><strong>ASNEF: COMO CONTACTAR</strong></p>
<p>ASNEF (</p></div>
<p> </p>
<p></span><a href="http://www.fortunecity.es/banners/interstitial.html?http://www.asnef.com/"><span style="color:#3366ff;font-family:arial;">www.asnef.com</span></a><span style="color:#000099;font-family:arial;">), teléfono de atención 902300404, no obstante cualquier consulta debe realizarse por escrito a la siguiente dirección:<br />
Aptdo Correos: 10.546. MADRID 28.080</p>
<p>Debemos enviar copia del DNI por ambas caras con domicilio actualizado , petición de información/rectificación/cancelación, así como todos los justificantes que documenten la inexistencia/veracidad de la deuda.</p>
<p>Por ello, lo más práctico para solucionar nuestros problemas y si nos urge (estamos a la espera de concesión de un préstamo o algo así), es intentar mediante un asociado a ASNEF (banco) conseguir información.</p>
<p>No nos dirán quién es exactamente, pero si datos que nos ayudaran a localizarlo (ejemplo):</p>
<p>cooperativa de crédito<br />
préstamo<br />
importe<br />
fecha entrada<br />
fecha actualización.</p>
<p>Ello nos indica que posiblemente se trate de un préstamo Caja Rural que su cuarto impago coincide con la fecha de entrada en el registro, etc.</p>
<p>Estos datos van a ser fundamentales para solucionar nuestros problemas.</p>
<p><strong>ASNEF: QUE HACER. INCLUSIÓN POR OPERADORA TELEFONÍA FIJA/MÓVIL O INTERNET. SOLICITAR LA BAJA</strong></p>
<p>Parecen una plaga, es increíble cada día hay más gente en ASNEF por este motivo y lo peor es que se tratan de errores.</p>
<p>A la hora de solicitar el alta en cualquiera de estos servicios todo son facilidades (esto nos va a ayudar bastante), pero a la hora de cursar la baja todo son trabas y problemas.</p>
<p>Si somos clientes de cualquier operadora, debemos de ejercer nuestros derechos recogidos en la Ley de Protección de Datos Personales, solicitando el derecho de acceso y oposición a terceros, este se debe ejercer siempre mediante correo certificado con acuse de recibo al domicilio social de la empresa o domicilio expreso de dicha sociedad que tiene establecido en su contrato (ver la letra pequeña).</p>
<p>Así mismo, cuando quieres cursar una baja de algún servicio (que incluso muchas veces no hemos solicitado, sólo pedido información, etc.), y usas el teléfono, nos seguirán llegando las facturas y si decides no pagarlas posteriormente, las comunicaciones de gestoras de cobro.</p>
<p>Así pues, deja el teléfono, antes del tercer mes de impago dirigir carta de baja, mediante certificado con acuse de recibo al domicilio social de la empresa con copia del DNI y firma reconocida por entidad bancaria, haciendo constar claramente el motivo, numero de contrato, DNI, etc. y que desde el día de la fecha no vais a asumir ningún cargo en dicho concepto.<br />
Normalmente comunicarlo con unos 15 días de antelación de la fecha de baja efectivo, y guardar ese documento.</p>
<p>Cualquier comunicación entre dos partes de un contrato puede hacerse efectiva al domicilio social de la empresa y legalmente tiene toda la validez necesaria.</p>
<p>Ojo tenemos que realizar esto antes de la inclusión es <strong>ASNEF</strong> ya que la fecha de inclusión en <strong>ASNEF</strong> será al cuarto mes.</p>
<p>Lo anteriormente expuesto no es una solución para salir del <strong>ASNEF</strong> pero si la hacemos previamente nos quitaremos de muchos problemas.</p>
<p>Una vez nos comunique <strong>ASNEF</strong> que hemos sido incluido por dicha empresa ejercitaremos nuestro derecho de acceso y rectificación al responsable del registro de la ASNEF, mediante correo certificado, adjuntando copia de la solicitud de baja que cursamos a la empresa de telefonía.</p>
<p>Este derecho lo podemos ejercitar tanto al acreedor como al responsable del registro .Si lo hacemos a este último, comunicará nuestra solicitud al acreedor (la empresa que nos incluyó) y si en diez días no ha recibido respuesta argumentada procederá a su cancelación cautelar.</p>
<p>Todos estos trámites son gratuitos, se debe adjuntar carta con DNI fecha, firma del solicitante.</p>
<p>Así mismo ,la denegación de la rectificación deberá ser motivada y se notificará en un plazo máximo de diez días.</p>
<p>El afectado puede denunciar esta situación ante la Agencia de Protección de Datos (A.P.D.).</p>
<p><span style="color:#3366ff;">www.agenciaprotecciondatos.org</span></p>
<p>Las empresas pueden ser sancionadas si incumplen la Ley de Protección de datos con multas desde los 601€ hasta los 601.000 €.</p>
<p>En esta web hay formularios de denuncias y direcciones para enviarlos vía e-mail y fax .</p>
<p>También es aconsejable dirigirse directamente al acreedor (empresa), mediante escrito certificado con acuse de recibo, ejerciendo nuestro derecho de acceso y rectificación, informando que nunca hemos empleado sus servicios y nos informen quién les ha facilitado nuestros datos y los rectifiquen.<br />
Indicando que en caso de no realizarse se denunciará este hecho ante la AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.</p>
<p>Normalmente es frecuente que no tengan nuestro contrato por lo que deberán proceder a cancelar la deuda y darnos de baja en <strong>ASNEF</strong>.<br />
(mediante este procedimiento he conseguido anular deudas reales de mas de 600 €.)</p>
<p>Si no proceden o si no nos contestan en un plazo máximo de treinta días, dirigirnos a ASNEF con el escrito anterior solicitando el derecho de acceso y rectificación (normalmente nos dará de baja) Y paralelamente a la AGENCIA DE PROTECCIÓN DE DATOS.</p>
<p><strong>ASNEF: INCLUSIÓN POR ENTIDAD FINANCIERA, DESCUBIERTOS , TARJETAS DE CRÉDITO . SOLUCIONES</strong></p>
<p>Si una entidad financiera nos reclama una deuda o nos ha incluido en ASNEF, empieza por:</p>
<p>Conocer qué Entidad es, ejerciendo nuestro derecho de acceso al registro del ASNEF.</p>
<p>Si la deuda no es real:</p>
<p>Mandar escrito al defensor del cliente de esa Entidad (solicita sus datos en una oficina de la propia entidad o en su web) indicando que no reconocemos la deuda en cuestión solicitando el contrato de la cuenta o tarjeta de crédito.</p>
<p>Esta misma comunicación se puede hacer al domicilio social del Banco.</p>
<p>Normalmente en un 40% de los casos o no existen o se han extraviado, por lo que cancelarán la deuda y anotaciones en registros.</p>
<p>Si no has tenido esa suerte:</p>
<p>Solicita el acuse de recibo de las tarjetas.</p>
<p>Verifica muy bien el desglose de la deuda , normalmente se aplican tarifas no autorizadas por descubiertos, cuotas, etc.</p>
<p>Si no te convence la solución dada acude al Banco de España. </span><a href="http://www.fortunecity.es/banners/interstitial.html?http://www.bde.es/"><span style="color:#000099;font-family:arial;">www.bde.es</span></a><br />
<span style="color:#000099;font-family:arial;"></p>
<p>Si la deuda no es real:</p>
<p>Intenta llegar a un acuerdo con la entidad financiera, normalmente se llegan a acuerdos de pago de sólo el principal de la deuda en varios plazos.</p>
<p><strong>UN ÚLTIMO CONSEJO:</strong></p>
<p>SI TODO LO DEMAS FALLA RECURRE A UN BUEN ABOGADO PARA PLANTAR UNA DEMANDA JUDICIAL. LA SATISFACCIÓN FINAL MERECE LA PENA.</p>
<p><strong>ASNEF: COMO PEDIR PRÉSTAMOS ESTANDO INCLUIDO EN ESTE FICHERO.<br />
</strong><br />
Es muy importante el poder justificar estas incidencias por escrito ya que normalmente, las entidades financieras las incidencias de pequeño importe justificadas no las tienen en cuenta: principalmente telefonía, pequeños descubiertos en cuenta y otros.</p>
<p>Por ello es imprescindible siempre guardar qualquier documentación que en un futuro nos vaya a servir de utilidad: contratos de cuenta, alta se servicios, cancelaciones, etc.</p>
<p>Plantea el caso en varias entidades financieras y explica tu problema.</p>
<p>Normalmente, cuando no hemos podido justificar ese impago la solución pasa por otro tipo de financiación.</p>
<p>Hoy por hoy la baja en <strong>ASNEF</strong> a personas físicas es casi inmediata, normalmente en menos de una semana.</p>
<p>Si tenemos una estabilidad laboral medianamente aceptable, y solvencia patrimonial, y el motivo de la inclusión es que nuestra capacidad de pago no da para más o por algún problema puntual, mejor es solucionarlo, recurriendo a otro tipo de financiaciones, bien sea mediante capital privado o bien sea recurriendo a nuestra familia.</p>
<p>El capital privado es caro, son inversores que te prestan el dinero, normalmente con garantía hipotecaria refinancian todas tus deudas, aun estando incluidos en bases de morosos a unos tipos más bien alto. Con ello sales del paso y cuando ya no estás en <strong>ASNEF </strong>la cancelas con una financiación normal.</p>
<p>Si regularizamos el impago, en una semana no quedará rastro de nosotros en <strong>ASNEF</strong>, debemos aprovechar para una vez limpio, recurrir a otra entidad financiera (distinta de la que teníamos el impago) y refinanciar nuestras deudas ampliando plazo de la operación.</p>
<p>Normalmente las entidades financieras piden otro tipo de informe al Banco de España, este se llama C.I.R.B.E y aparecen todos los riesgos declarados(prestamos) superiores a 6000 euros en el sistema financiero nacional. Es decir saben los prestamos que tenemos en otros bancos por un importe superior a 6000 euros, por ello juega esta baza.</p>
<p>REGULARIZA LAS CUOTAS IMPAGADAS Y VENCIDAS Y SOLICITA UNA NUEVA FINANCIACION ADECUANDOLA A TU CAPACIDAD DE PAGO ACTUAL.</span></span><span style="color:#000099;font-family:arial;"> y personales</span><span style="color:#000099;font-family:arial;">, las empresas de crédito están apostando también por clientes que figuran en la <strong>ASNEF</strong>, sin embargo las condiciones cambian respecto de un cliente con un historial limpio.</span></span><a name="3"></a><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong><span style="color:#660000;">Préstamos posibles estando en la ASNEF</span></strong></span></span><a name="2"></a><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong><span style="color:#660000;">¿Cómo puedo salir del registro de la ASNEF?</span></strong></span></span></strong>Según la Ley Orgánica 5/1992, tan pronto como se entra en una lista de morosos, el afectado debe ser avisado en un plazo máximo de 30 días, para que éste pueda informarse, y sobretodo ejercer su derecho de rectificación y cancelación. </span><a href="http://www.ederechos.equifax.es/" target="_blank"><span style="color:#3366ff;font-family:arial;">www.ederechos.equifax.es</span></a><span style="color:#000099;font-family:arial;">, es el fichero electrónico de la <strong>ASNEF</strong>. Con los datos que se tienen (número de referencia) y el DNI del deudor, se puede acceder a un documento en formato PDF para iniciar la cancelación.</span></span><a name="1"></a><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong><span style="color:#660000;">¿Cómo saber si estoy registrado en la ASNEF?</span></strong></span></span><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong>Sus principales fines son:</strong> representar a las empresas que practiquen la financiación y representarlas; velar por el prestigio de la actividad de financiación y en grandes términos realizar actividades que cada vez más protejan a las entidades crediticias y mejoren sus procedimientos. Para lograr sus metas la <strong>ASNEF</strong> creó el registro de morosos más grande de España, que incluye los datos e información de todas las personas que tienen o hayan tenido una deuda impagada, éstas pueden ser desde facturas de teléfono hasta créditos personales, adeudos con la tarjeta de crédito, etc.</span></p>
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	</item>
		<item>
		<title>Cómo Escapar de un Registro de Morosos</title>
		<link>http://soymoroso.wordpress.com/2009/06/03/como-escapar-de-un-registro-de-morosos/</link>
		<comments>http://soymoroso.wordpress.com/2009/06/03/como-escapar-de-un-registro-de-morosos/#comments</comments>
		<pubDate>Wed, 03 Jun 2009 20:45:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[Cómo Escapar de un Registro de Morosos]]></category>

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		<description><![CDATA[Recuerden que la información es PODER. Los archivos que identifican a ciudadanos con deudas cometen errores muy difíciles de subsanar:   Las víctimas se cuentan por millares. A ellas se les niega el derecho a obtener un crédito o a comprar un lavaplatos a plazos. Es la guerra de los denominados registros de morosos, que [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=12&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><a href="http://2.bp.blogspot.com/_wO9sam1Bt4g/ShUiUjP4ZwI/AAAAAAAAB4c/xMOkUTUmtr8/s1600-h/pluriempleo_gana_terreno_mercado_laboral_europeo.jpg"><img style="display:block;width:400px;cursor:hand;height:400px;text-align:center;margin:0 auto 10px;" src="http://2.bp.blogspot.com/_wO9sam1Bt4g/ShUiUjP4ZwI/AAAAAAAAB4c/xMOkUTUmtr8/s400/pluriempleo_gana_terreno_mercado_laboral_europeo.jpg" border="0" alt="" /></a></p>
<div><strong><span style="color:#660000;">Recuerden que la información es PODER.</span></strong></div>
<div><span style="color:#000099;font-family:arial;"><strong><br />
</strong>Los archivos que identifican a ciudadanos con deudas cometen errores muy difíciles de subsanar:</span></div>
<div><span style="color:#000099;font-family:arial;"> </span></div>
<div><span style="color:#000099;font-family:arial;">Las víctimas se cuentan por millares. A ellas se les niega el derecho a obtener un crédito o a comprar un lavaplatos a plazos. Es la guerra de los denominados registros de morosos, que se encargan de reunir información sobre ciudadanos que han tenido o tienen alguna deuda pendiente. Las entidades financieras y algunas otras empresas utilizan esta información con el fin de inmunizarse contra clientes que no pagan.La teoría suena bien, pero en la práctica son numerosos los errores que se cometen en la elaboración de estos ficheros. Las &#8216;listas negras&#8217; incluyen a ciudadanos ejemplares que nunca han incumplido sus obligaciones dinerarias. Quizá éste haya sido su caso. Los &#8216;josés garcías&#8217; o los &#8216;javieres lópez&#8217;, u otros tantos nombres y apellidos que abundan en España, tienen más posibilidades de verse envueltos en alguno de estos conflictos. Sus señas de identidad pueden coincidir con las de presuntos morosos y algunas de estas empresas no comprueban el número del DNI. Veamos un caso. </span></div>
<p><span style="color:#000099;font-family:arial;"></p>
<div>
I. M. compró una plaza de garaje. Para pagarla firmó 12 letras a un año e hizo saber a la empresa sus datos bancarios. Dos meses después, I. M. recibió en su domicilio una carta que le comunicaba que su nombre estaba incluido en el R.A.I (Registro de Activos Impagados). I.M. se sintió desconcertado, ya que ni en esa transacción ni en ninguna otra había dejado de estar al corriente del pago. El error se produjo por un problema que surgió entre el banco del que era cliente I.M. y la entidad con la que operaba la empresa propietaria del garaje. Las dos entidades eran incompatibles en el sistema de cheques cruzados y se produjo un retraso técnico en los pagos correspondientes. El banco, que tardó algo más de un mes en cobrar las letras, introdujo en el registro de morosos a I.M, alegando (equivocadamente) que el proceso era automático.En este caso, el error lo cometió el banco, no el registro. Desde hace más de un mes, I. M espera que se cumpla la promesa del banco de subsanar el error, mientras estudia la posibilidad de interponer una demanda por daños y perjuicios. Este ejemplo no es aislado, como lo demuestra el creciente número de quejas que recibe la Agencia de Protección de Datos (APD). Más del 50% de las denuncias efectuadas tienen como motivo el mal proceder de un registro de morosos. Si usted se encuentra en esta situación, deberá seguir los pasos que se desarrollan en el gráfico superior. No olvide obtener los datos sobre quién suministró la información al fichero, ya que su primera actuación será la de pedirle que rectifique la información que mandó al registro de morosos. Usted podrá solicitar esta información como máximo una vez cada 12 meses.</div>
<div>
Obligaciones. En el caso de que la fuente o el registro se niegue a realizar los cambios, deberá acudir a la Agencia de Protección de Datos (APD). Si este organismo así lo estima, el archivo se verá obligado a modificar, o en su caso, a eliminar los datos. Las empresas que se dedican a realizar los registros y que incumplan las advertencias de la APD pueden ser sancionadas con multas que oscilan entre las 100.000 pesetas y los 100 millones.En el supuesto de que los datos que figuran en alguno de los registros sean correctos, es decir, que usted se haya retrasado en el pago de sus deudas, no le quedará otro remedio que esperar a que el registro olvide su desliz. El plazo máximo legal de permanencia en uno de estos archivos es de 6 años.Pero tal vez usted tuvo una deuda hace un tiempo y ya la ha pagado. En este caso, el registro debería incluir esta circunstancia, aunque los problemas a los que se enfrentará serán prácticamente los mismos que si continuara siendo moroso. Es el precio de incumplir con sus pagos.Sepa también que la palabra del acreedor es suficiente para introducir, sin más, los datos de un sujeto, sin contrastar la opinión de las partes, negando al afectado cualquier posibilidad de objeción. Estas listas tampoco distinguen en su información el moroso recalcitrante del deudor ocasional. Basta un descuido involuntario en el pago de un recibo o de una letra para pasar a formar parte de uno de estos archivos. En algunos casos, salir de él le supondrá un verdadero tormento.Existen empresas de informes comerciales que ofrecen sus servicios para tramitar la baja a quienes figuran en los registros de morosos. Para la APD, el mero hecho de ofrecerse a gestionar los derechos de un ciudadano ante estos registros es legal, siempre que se sigan los pasos que marca la legislación, aunque la Agencia también señala que para cancelar datos inexactos no es necesario pagar a nadie, ya que la propia Agencia está precisamente para eso.El cliente más habitual de esas compañías es aquél que, tras pedir un crédito, se lo deniegan por figurar en una lista de morosos. Entonces, y para no perder tiempo en el papeleo que se le avecina, pide ayuda. El precio por estos servicios dependerá del número de gestiones que sea necesario realizar; por un trámite se cobran 10.000 pesetas.</div>
<div>
Listas negras. Los archivos públicos que figuran en la Agencia de Protección de Datos son aproximadamente 25.000. Los archivos de morosos legales más importantes son el Registro de Aceptaciones Impagadas, más conocido como RAI, y el de la Asociación Nacional de Entidades de Financiación -ASNEF-. El primero depende del Centro de Cooperación Interbancaria, una asociación creada por los bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito. El segundo, el ASNEF, engloba los archivos de las entidades financieras españolas, y según datos de AUSBANC, tiene registradas actualmente alrededor de 1.800.000 incidencias, de las que el 15% corresponde a personas jurídicas. Recientemente, la firma se ha asociado a EQUIFAX, uno de los grandes registros de Estados Unidos. A estas entidades se suma el grupo Interprés, la más poderosa firma de informes comerciales cuyo registro, llamado BDI, tiene fichados a millones de españoles.Todos los registros consultados aseguran cumplir la actual legislación a rajatabla. En este sentido, ASNEF afirma que toda persona incluida por primera vez en su listado recibe una carta informándole de este hecho, para que pueda ejercer sus derechos de acceso y rectificación, e incluso de cancelación en caso de que tenga una base probada para ello. Sus administradores señalan que, al contrario que el resto de los ficheros, se ocupan constantemente del cliente y de su evolución, actualizando los datos cada mes; asimismo, obliga a las entidades financieras a informar sobre los cambios de saldo que se produzcan.Por su parte, portavoces del registro de Interprés, el BDI, reconocen los derechos de rectificación y cancelación. Sin embargo, no se sienten obligados a notificar ni a informar de su inclusión al afectado, aduciendo que se nutren de datos logrados en fuentes informativas públicas (por ejemplo, el BOE, tablones de los juzgados, etc.) No obstante, parece que la exactitud de sus apuntes no se cuidaba óptimamente, ya que en marzo pasado la APD sancionó a Interprés con una multa de 10 millones de pesetas por mantener en su fichero datos incorrectos que debieron ser cancelados de oficio. Por otra parte, la Agencia de Protección de Datos no está de acuerdo con la política de no trasparencia de la BDI y así se lo ha hecho saber.</div>
<div>
La Ley de Protección. Ninguno de los gestores de los registros de morosos se hace responsable de los fallos o errores que puedan contener estos archivos (lo que no significa que efectivamente no lo sean) No obstante, la Ley protege al consumidor de los atropellos que se pueden consumar con este tipo de listados.Cuando el Tribunal de Defensa de la Competencia da vía libre a un listado de morosos, sus responsables sólo pueden incluir en él los datos facilitados por los miembros de la asociación que lo ha promovido. Además, no están autorizados a registrar deudas morosas con acreedores no asociados ni ceder sus datos a terceros. Según AUSBANC, con frecuencia estas condiciones no son respetadas.La entrada en vigor, en octubre de 1992, de la Ley Orgánica de Regulación del Tratamiento Automatizado de Datos de Carácter Personal (LORTAD), que se ha venido a sumar a la Ley de Defensa de la Competencia -de julio de 1989-, supuso un paso importante en la historia y el funcionamiento de los registros de morosos.Estas normas aportaron más claridad al oscuro panorama de un sector con grandes lagunas legislativas, provocadas unos años antes por el avance desmesurado de la informática. Entonces, las irregularidades eran una práctica habitual. Se dieron algunos casos en que los listados de morosos demostraron su capacidad para arruinar empresas por medio de la inclusión indebida de consejeros y otros directivos en sus archivos. Incluso también para excluir por tiempo indefinido a un individuo de la actividad mercantil, negándole colectivamente cualquier posibilidad de crédito.Al día de hoy, y según AUSBANC, en nuestro país funcionan en la ilegalidad decenas de listados de morosidad que no cuentan con el permiso del Tribunal de Defensa de la Competencia. Regularizar. Por medio de la LORTAD se creó la Agencia de Protección de Datos, un Ente Público independiente que nació para proteger al ciudadano del uso incorrecto de la informática dentro de las parcelas del honor y la intimidad personal. Esta ley introdujo el término privacidad, un concepto mucho más extenso que el de intimidad. Gracias a ello, el afectado tiene derecho a acceder a los datos del fichero, rectificarlos o cancelarlos en caso de inexactitud. También se plantea la posibilidad de recibir una indemnización, siempre que proceda. Pero, en la práctica, no todos los registros cumplen la Ley rigurosamente. Si bien para estos casos la LORTAD no establece supuestos de responsabilidad penal, sí lo hace el nuevo Código Penal, que regula y prevé la comisión de delitos cometidos a través de la informática. La APD se esfuerza por regularizar el sector.Para el presidente del Tribunal de Defensa de la Competencia -TDC-, Amadeo Petitbó, estos listados cumplen una función de saneamiento y clarificación del tráfico mercantil. La cuestión es que exista un equilibrio que satisfaga a todas las partes, en el que las empresas consigan tener un adecuado filtro que las defienda de los morosos y que quienes cumplan con sus obligaciones dinerarias tengan garantías de que su buen nombre permanecerá limpio.</div>
<p></span></p>
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		<title>¿Ser un Moroso?</title>
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		<pubDate>Sat, 21 Mar 2009 10:54:09 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[¿Ser un Moroso?]]></category>

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		<description><![CDATA[Debido a la crisis financiera y a la nueva operativa bancaria de nuestras entidades, ahora se han convertido en las mayores inmobiliarias, compañías de seguros y las que con su actuación de restringir el crédito a particulares y empresas están generando una bolsa de morosos y parados. Ser moroso, como vivir con esta lacra Un [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=9&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="aligncenter size-full wp-image-10" title="CB100469" src="http://soymoroso.files.wordpress.com/2009/03/despedido.jpg?w=780" alt="CB100469"   /></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#000066;font-family:&quot;">Debido a la crisis financiera y a la nueva operativa bancaria de nuestras entidades, ahora se han convertido en las mayores inmobiliarias, compañías de seguros y las que con su actuación de restringir el crédito a particulares y empresas están generando una bolsa de morosos y parados.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></p>
<p><strong><span style="color:#660000;">Ser moroso, como vivir con esta lacra</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Un moros no es un apestado de la sociedad, es una persona que en su momento formo parte del consumo desmesurado que los bancos ofrecían y no supo evaluar su capacidad de endeudamiento ni de gasto. NUNCA ES TARDE, Y PUEDES SEGUIR CON TU VIDA. Estar en esta tesitura, tiene algunos jandicaps a los que tendrá que acostumbrarse:</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Nadie quiere llegar a tener esta situación, no se busca serlo, es un cúmulo de circunstancias las cuales empiezan a degenerar y llega un momento en el que no podemos hacer frente a los pagos de nuestras créditos, tarjetas, etc.… o de nuestro negocio.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Antes de llegar a esta situación, el banco nos ha dado la espalda, DESPUES DE HABERLE PAGADO SIEMPRE RELIGIOSAMENTE, pero señores ahora ya no somos interesantes, no pueden sacarnos nada y darnos un dinero para un negocio endeudado y poco productivo, NO ES UNA OPERACIÓN VIABLE, IGUAL QUE PRESTAR A UN PARADO, ES ASUMIR UN RIESGO MUY GRANDE.</p>
<p>Llegados a este punto, con el sistema nervioso alterado y la moral por los suelos, lo que tenemos que hacer es levantar esa moral y decir a la M….</p>
<p>Podemos intentar negociar con los acreedores y con las entidades con las que hemos contraído las deudas actuales, en su día créditos ofrecidos por la mismas entidades que ahora dicen NO y antes te ofrecían dos veces mas de lo que pedías y necesitabas. No digo que sean los culpables del 100% ya que nosotros podíamos decir (no solamente lo que le pido), GRACIAS.</p>
<p>Difícil verdad, como en su momento no fuimos capaces ahora somos unos morosos.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3366ff;"><br />
</span><strong><span style="color:#000099;">PERO SEÑORES, AQUÍ NO TERMINA EL MUNDO:</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#3333ff;">Podemos trabajar y ser emprendedores, pero tomando algunas precauciones:</span></strong><span style="color:#3333ff;"><br />
Para un moroso, que trabaje para una empresa y cotiza en la seguridad social, será fácil de detectar, pero tomando precauciones y algunas medidas, el embargo no les quitara el sueño.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Los embargos tienen una tabla de aplicación por %, te quitan todo lo que acceda del sueldo base. Pero si cobras más del doble el tanto por ciento será mayor, el mínimo es un 30%, a la hora de los requerimientos judiciales declárate en rebeldía ni se contestan ni nos presentamos a juicio, pero guardamos bien el expediente que el juzgado de paz nos entrega después será de utilidad.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Primero aclararemos como tenemos que cobrar nuestra nomina y cuantos embargos podemos tener al mismo momento:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Señores solo se pude tener un embargo en la nomina, tenemos la cartilla donde cobramos la nomina ya que nadie nos puede ejecutar un embargo en nuestra cuenta mientras tengamos uno en nuestra nomina, lo que si que puede pasar, es que si se tiene otra libreta y dinero ingresado, ese nos lo pueden embargar.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></p>
<p><span style="color:#3333ff;">Nunca dinero en libretas que no sean la de la nomina. No a los fondos de inversión, ES valor patrimonial y es embargable, si se tiene un fondo de inversión colocar todo el dinero en tu plan de pensiones, no es embargable.</p>
<p>Un truco para estar tranquilos ya que pueden tener un descuido y embargarnos la nomina ingresada, sobretodo la seguridad social y hacienda, es abrir una cuenta a nombre de la madre y nosotros de autorizados, a la empresa solo se le tiene que dar el numero de cuenta, casi ninguna pide una copia de la cartilla, al cabo de unos meses de ingresar la nomina, la madre puede solicitar una visa a nombre del hijo y como podéis ver, tenemos la parte del ego consumista solucionado, siendo morosos.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Las llamadas de las financieras son muy molestas, los bancos casi ya no reclaman las deudas, después de dos o tres llamadas ponen en proceso judicial y algunos venden la deuda a una empresa de recaudación de morosos, estos son los que no paran de llamar, siempre se les tiene que decir que no nos negamos a pagar, que ya tenemos un embargo en nomina, si amenazan les damos el teléfono de nuestro abogado, una buena empresa de abogados la cual les puede ser de utilidad es “Legalitas”, se paga una cuota al año y nos ayudan a solucionar muchos de nuestros problemas, también asesoran de lo que se necesite en todos los campos legales. Llegara un momento que dejaran de llamar. Que no noten el miedo, por ser un moroso no se tiene que perder la DIGNIDAD ni la SEGURIDAD en uno mismo,</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Ahora las familias pueden ir y declararse insolventes, el proceso es muy caro y los recursos financieros los regula el juzgado, antes de llegar a esto se puede intentar reducir el embargo, contrataremos un abogado, (Legalitas, por ejemplo).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Antes de todo en el trabajo le pide por favor que hagan constar en nomina el embargo ya que cuando hagan un recurso siempre les pedirán las nominas para justificar el embargo. El recurso es para poder negociar con el juzgado un embargo mas bajo, se necesitara adjuntar mucha</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"> <span style="color:#3333ff;">documentación, donde se acredite que con lo que se paga y lo que embargan no se puede vivir, si se vive de alquiler, tendrá de poner el alquiler solo a su nombre, la luz, el agua, el gas, esto es necesario para vivir no es ningún lujo, los móviles y teléfono y otros mejor no introducirlos. Hay muchos tipos de recursos su abogado sabrá cual es el más efectivo y al ATAQUE. Esto les ayudara a poder llevar un nivel de vida normal aun que sean morosos.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Todo esto no es fiable al 100%, pero si no luchamos, nos hundiremos en una depresión ya que en nuestra sociedad a una persona con Mora, nadie le da nada.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
La siguiente información, les servira para saber llebar mejor, su nueva situación y tener algunos conocimientos, para poder buscar soluciones y la futura salida de esta no querida situación por nadie.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#3333ff;">Listas de morosos cómo se entra y cómo se puede salir de ellas</span></strong><span style="color:#3333ff;"></p>
<p>Como hemos dicho antes otro de los culpables de la mora y los nuevos morosos, ha sido la subida de los tipos de interés ha provocado que las familias españolas tengan cada vez más dificultades para pagar sus préstamos. Los datos sobre morosidad del Banco de España así lo confirman. Pero no todos los ciudadanos conocen qué son los registros de morosos, cómo pueden entrar en ellos, cómo pueden salir y que consecuencias acarrea estar en esas listas.</span> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#3366ff;">¿Qué son los registros de morosos?</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3366ff;font-family:&quot;">Los registros de morosos como ficheros automatizados de datos que sirven para reflejar los incumplimientos en los pagos tanto de personas físicas como jurídicas. Esto se hace para que las entidades crediticias puedan conocer y ponderar la situación de un potencial cliente que solicita financiación.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3366ff;">Los listados de morosos, dadas sus consecuencias negativas para aquellos que están incluidos en ellos, tienen el deber de ser escrupulosamente correctos y transparentes y permitir al moroso su rehabilitación en el mercado.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#3366ff;">¿Cómo puedo entrar en una lista de morosos?</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3366ff;font-family:&quot;">Para que a una persona o empresa se le pueda incluir en un registro de este tipo se deben dar las siguientes circunstancias:</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">- Que exista una deuda cierta, vencida y exigible que haya resultado impagada.<br />
- Que se le haya solicitado el pago y que éste no se produzca.<br />
- No tiene que existir una prueba documental que contradiga los dos requisitos anteriores.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Sólo se podrá registrar en una lista de morosos a las personas o entidades que cuenten con impagos a sus espaldas en los últimos seis años. En todo caso, se podrá introducir en el archivo a un ciudadano a partir del cuarto mes de impago, contando desde el vencimiento de la obligación incumplida o del plazo en concreto de la misma si fuera de cumplimiento periódico.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">El impago de una persona sólo podrá estar registrado en el fichero de morosidad durante un plazo máximo de seis años, periodo que se contabilizará a partir de la inclusión del dato en el registro y, en todo caso, a partir del cuarto mes desde el vencimiento de la obligación.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">El responsable del fichero debe notifica al afectado su inclusión en el mismo.</p>
<p><strong>¿Cómo salir de un registro de morosos?</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Para darse de baja en una de estas listas el afectado deberá acreditar el pago de la deuda junto con una fotocopia del DNI. Así, deberá enviar una comunicación que le permita acreditar el envío y la recepción del mismo al responsable del fichero común o a la empresa que presta los servicios de información de solvencia patrimonial. Si se desconoce la dirección del responsable del fichero se puede solicitar en la agencia Española de Protección de Datos.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">El titular del fichero deberá responder sobre la eliminación de la persona de sus archivos en los diez días siguientes. Si el afectado no recibe una contestación en ese plazo o ésta es insatisfactoria, puede reclamar ante la Agencia Española de Protección de Datos, acompañando la documentación acreditativa de haber solicitado la cancelación de los mismos.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Las personas que se hayan visto perjudicadas por una vulneración de la normativa de protección de datos tienen derecho a recibir una indemnización.<br />
</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#660000;">El ASNEF-EQUIFAX</span></strong> <span style="color:#3333ff;">es la asociación nacional de entidades de financiación y el RAI es el registro de aceptaciones impagadas. Los dos representan los registros de impagados más extendidos y utilizados por las entidades de crédito para consultar la solvencia económica de los clientes. Estas listas almacenan información sobre las personas que tienen o han tenido alguna deuda pendiente, por ejemplo a través de la letra de un crédito hipotecario, facturas o préstamos personales.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#660000;">El RAI</span></strong> <span style="color:#3333ff;">es el Registro de Aceptaciones Impagadas. Esta organización depende del centro de Cooperación Interbancaria, asociación creada por bancos, cajas y cooperativas de crédito.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">En este listado aparecen las empresas o personas jurídicas que no han pagado cheques, pagarés, letras aceptadas y créditos.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#660000;">El ASNEF</span></strong> <span style="color:#3333ff;">es la asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito y funciona como registro de morosos. Así, comunica a las empresas crediticias que están asociadas a ASNEF si algún cliente está incluido en sus listados por impago de sus deudas.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#3333ff;">Cómo salir de RAI o ASNEF</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#660000;font-family:&quot;">Las condiciones que deben cumplirse para aparecer en las listas de morosos son las siguientes:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Existencia de una deuda cierta exigible, vigente e impagada por parte de la persona a la empresa. </span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Requerimiento de pago por parte del acreedor sin respuesta de pago por parte del moroso.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Inexistencia de prueba/s documental/es que anule alguno de los puntos anteriores. </span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">En caso de no encontrarse en estas circunstancias y tener el problema de aparecer en alguno de los ficheros de morosos, deberá seguir los siguientes pasos para hacer desaparecer su nombre del listado correspondiente: </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">El interesado debe ser notificado de su inscripción en un uno de estos registros de morosos (RAI o ASNEF) en un plazo de 30 días por el titular del mismo. </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Si los datos fueran incorrectos, habrá que solicitar la cancelación o modificación en un plazo máximo de 10 días. </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">El acreedor tiene 7 días para presentar pruebas documentales que contradigan el punto número 2. </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Para darse de baja deberá proporcionar documentación que acredite la inexistencia de deuda junto con copia del DNI. El titular de la lista deberá eliminar los datos en los siguientes 10 dias. </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Si no se obtiene respuesta habrá que dirigirse a reclamar a la Agencia Española de Protección de Datos adjuntado copia de los trámites y solicitud de baja cursada. </span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Si usted se ha visto perjudicado por una vulneración de esta normativa de protección de datos tendrán derecho a recibir una indemnización tras la interposición de una demanda ante la justicia ordinaria, debiendo demostrar y cuantificar el perjuicio sufrido junto al coste que tiene el proceso.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Si es un fichero de titularidad pública se deberá reclamar por el régimen de las Administraciones Públicas.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Es importante informar que es imposible obtener un crédito o préstamo personal para saldar la deuda contraída con el acreedor, si éste se solicita una vez contraído el impago. Esto sucede porque la entidad financiera consultará tanto CIRBE como los ficheros de morosos para conocer el historial crediticio del cliente que solicita tal préstamo.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><strong><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
¿Cómo actúan los bancos o cajas en caso de un impago?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Las entidades financieras tratan de forma diferente los impagos de las deudas, pero un método de actuación general es:</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">- Durante los primeros 20 días de impago, las entidades se ponen en contacto con el deudor para informarle de la deuda, por si se tratase de un olvido de éste.<br />
- Si el impago persiste, la entidad envía avisos más &#8220;convincentes&#8221; en los que se suelen especificar los intereses de demora y las comisiones fijadas en el contrato del préstamo, que pueden oscilar entre el 5% y el 10%.<br />
- A los tres meses del impago las entidades intensifican sus acciones con el objetivo de conseguir el pago de la deuda o, en su defecto, negociar una nueva forma de pago que se ajuste a las necesidades del cliente.<br />
- Cuando han pasado seis meses y no hay acuerdo en la nueva forma de pago o persiste el impago, las entidades acuden a la vía judicial con la presentación de una demanda.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#3333ff;">¿Qué consecuencias tiene el impago de una deuda?</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Una vez que las entidades financieras o los perjudicados por la deuda hayan presentado una demanda de pago, se da paso al embargo de la vivienda o de los bienes con los que el moroso puede responder al impago si ésta es aceptada.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">A partir de este momento, el moroso tiene la posibilidad de presentar un acuerdo de pago en el que se incluirán los costes judiciales, lo que puede impedir la subasta de sus bienes.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Si no se llega a un acuerdo se produce la subasta de la que la entidad o el acreedor obtendrá el pago de la deuda, incluidos los intereses de demora, comisiones, costes judiciales y demás gastos.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
<strong>¿Cuáles son los registros de morosos más importantes?</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Según datos de Serficoin, en España existen alrededor de 130 compañías y entidades que elaboran registros sobre impagos patrimoniales y de créditos. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Los más importantes son:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
- Registro de Aceptaciones Impagadas (RAI).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;">- <a href="http://www.asnef.com/"><span style="color:windowtext;text-decoration:none;">Asociación Nacional de establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF- EQUIFAX)</span></a>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;">- Información técnica del crédito (SEIDO).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;">- <a href="http://www.asociacioncci.es/default.aspx"><span style="color:windowtext;text-decoration:none;">Centro de Cooperación Interbancaria- CCI</span></a>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;">- <a href="http://www.dnb.com/us/"><span style="color:windowtext;text-decoration:none;">Dun &amp; Bradstreet</span></a>.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;">- Experian Bureau de Crédito (Badexcug). </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<strong><span style="color:#000099;">Y si no pago la hipoteca:</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></p>
<p><strong><span style="color:#3333ff;">El impago de hipoteca y embargo de la vivienda</span></strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">En estos casos de impago de la hipoteca cabe preguntarse por las posibles consecuencias. Lo típico es que cuando se produce un impago de una deuda hipotecaria, el banco negocia con cada cliente de manera personalizada para conseguir la mejor salida para ambas partes. Ante el impago del a hipoteca, el banco suele plantear alargar el plazo del préstamo para abaratar las cuotas, contactar con entidades que refinancian la deuda o reunificar los pagos, e incluso asesorar en la venta del piso y así que se pueda hacer en buenas condiciones y sin las cargas de un procedimiento hipotecario.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Si todo esto falla y el impago de la hipoteca persiste, el banco inicia entonces la ejecución, poniendo la correspondiente denuncia judicial. Este procedimiento, dependiendo de la zona geográfica, puede tardar entre 8 y 18 meses. Es entonces cuando el juez declara el embargo de la vivienda, que, suele ser luego subastada por el banco.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Pero señores existe un producto, que resurge de sus cenizas, siempre que existe una crisis que es la DACIÓN EN PAGO, el banco no te ofrecerá esto, pero sepan ustedes que es mejor incluso que declararse en insolvencia ya que la hipoteca no se puede declarar.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">En algunos bancos, cuando se produce un impago de la hipoteca, el banco genera automáticamente cartas, llamadas, correos electrónicos, sms y otras acciones encaminadas a reclamar la deuda. Éstas comienzan, en general, cuando el deudor tiene una cuota impagada de más de 15 días y suele terminar cuando lleva entre 90 y 120 días con cuotas impagadas.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Si no hay respuesta por parte del cliente, éste entra en la lista de morosos (Asnef) y la entidad traslada el caso a la asesoría jurídica para su reclamación judicial.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Si vemos que no podemos hacer frente al pago de la hipoteca y es por culpa de haber comprado un piso nuevo y no haber vendido el viejo, recurra a la Dación y sáquese la finca nueva de encima, si no perderá las dos vivienda ya que el sector inmobiliario no ha tocado suelo y los precios bajaran mucho mas de lo que nos pensamos.</span></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 6.25pt;"><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"><br />
<span style="color:#3333ff;">Aunque, desde septiembre de 2004 que entró en vigor la nueva Ley Concursal, las personas físicas pueden acogerse a un procedimiento similar a la figura de la suspensión de pagos o la quiebra que existe para las empresas que no pueden hacer frente a las cargas -concurso de acreedores-. Gracias a esta ley, un juez de Barcelona declaró recientemente, por primera vez, la suspensión de pagos de un matrimonio tras declararse insolvente. Su casa no fue embargada y el banco tuvo que acordar con el cliente la forma para lograr el cobro. Pero es un parche y muy caro, que no esta al alcance de los bolsillos de todos los ciudadanos.</span></span></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/soymoroso.wordpress.com/9/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/soymoroso.wordpress.com/9/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/soymoroso.wordpress.com/9/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/soymoroso.wordpress.com/9/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/soymoroso.wordpress.com/9/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/soymoroso.wordpress.com/9/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/soymoroso.wordpress.com/9/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/soymoroso.wordpress.com/9/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/soymoroso.wordpress.com/9/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/soymoroso.wordpress.com/9/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/soymoroso.wordpress.com/9/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/soymoroso.wordpress.com/9/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/soymoroso.wordpress.com/9/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/soymoroso.wordpress.com/9/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=9&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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	</item>
		<item>
		<title>¿Eres un moroso? Exige tus derechos</title>
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		<pubDate>Sat, 21 Mar 2009 10:45:20 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>
		<category><![CDATA[¿Eres un moroso? Exige tus derechos]]></category>

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		<description><![CDATA[        Nadie es moroso por gusto. Y si tomamos en cuenta las veleidades del sistema financiero, casi podríamos decir que somos una generación que nacido para la deuda. Con la precariedad del empleo y el aumento de las tasas de interés, es muy probable que todos, en algún momento, nos convirtamos en [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=6&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p> </p>
<p> </p>
<p> </p>
<p><img class="aligncenter size-full wp-image-7" title="surfdommain" src="http://soymoroso.files.wordpress.com/2009/03/surfdommain.jpg?w=780" alt="surfdommain"   /></p>
<p> </p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Nadie es moroso por gusto. Y si tomamos en cuenta las veleidades del sistema financiero, casi podríamos decir que somos una generación que nacido para la deuda. Con la precariedad del empleo y el aumento de las tasas de interés, es muy probable que todos, en algún momento, nos convirtamos en un moroso.</span><span style="font-size:12pt;font-family:&quot;"></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Sin embargo, la morosidad es castigada con una fuerza fuera de todo proporción: para empezar, el ingreso en las listas de solvencia patrimonial (RAI o EQUIFAX) puede significar la muerte social (al estar incluido en ellas no sólo no pueden negar un crédito, también nos pueden negar un empleo, una beca y hasta el ingreso a una biblioteca pública).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Después, está el vacío legal que circunda a la morosidad: no es un crimen, pero de permite su persecución. Con la emergencia de la crisis, compañía como El cobrador del guante blanco, El Monasterio del Cobro o La Cruz del Moroso han cobrado un gran auge. Se trata de empresas que realizan actividades rayanas en la persecución y el ridículo que presionan al presunto moroso, algo que tampoco es ilegal, pero que lesiona el nombre y la imagen de personas que ya están en la lona.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Si estás en riesgo de caer en morosidad, asesórate y negocia, pues bajo ciertas circunstancias no hay ley que te ampare. Un buen sitio para comenzar: </span></p>
<p class="MsoNormal" style="text-align:justify;margin:0 0 10pt;"><span style="font-size:12pt;line-height:115%;font-family:&quot;"><a href="http://www.eldefensordelmoroso.org/" target="_blank"><span style="color:#3333ff;text-decoration:none;">El defensor del moroso.</span></a></span><span style="font-size:12pt;line-height:115%;"></span></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/soymoroso.wordpress.com/6/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/soymoroso.wordpress.com/6/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/soymoroso.wordpress.com/6/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/soymoroso.wordpress.com/6/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/soymoroso.wordpress.com/6/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/soymoroso.wordpress.com/6/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/soymoroso.wordpress.com/6/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/soymoroso.wordpress.com/6/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/soymoroso.wordpress.com/6/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/soymoroso.wordpress.com/6/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/soymoroso.wordpress.com/6/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/soymoroso.wordpress.com/6/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/soymoroso.wordpress.com/6/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/soymoroso.wordpress.com/6/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=6&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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			<media:title type="html">Javier</media:title>
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			<media:title type="html">surfdommain</media:title>
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		<title>Que es el Asnef</title>
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		<pubDate>Sat, 21 Mar 2009 10:36:28 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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		<description><![CDATA[¿Qué es ASNEF? ASNEF es un fichero de datos de incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por los acreedores y se encuentra regulado en el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal. ¿Por qué estoy incluido en el fichero ASNEF? Sus datos se encuentran incluidos [...]<img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=4&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p><img class="aligncenter size-full wp-image-3" title="moroso" src="http://soymoroso.files.wordpress.com/2009/03/moroso.jpg?w=780" alt="moroso"   /></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><strong><span style="font-size:12pt;color:#660000;font-family:&quot;">¿Qué es ASNEF?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">ASNEF es un fichero de datos de incumplimiento de obligaciones dinerarias facilitados por los acreedores y se encuentra regulado en el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.</p>
<p></span><strong><span style="font-size:12pt;color:#660000;font-family:&quot;">¿Por qué estoy incluido en el fichero ASNEF?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Sus datos se encuentran incluidos en el fichero ASNEF porque han sido comunicados por una entidad participe del mismo, como consecuencia del incumplimiento de alguna obligación dineraria.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#330033;font-family:&quot;">El Fichero ASNEF</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">El fichero ASNEF contiene información sobre operaciones impagadas, tanto por personas físicas como jurídicas, aportada por el propio acreedor. La participación en este fichero se basa en el principio de reciprocidad, que consiste en beneficiarse de los datos ajenos aportando los propios.</p>
<p><strong>Usted obtendrá:</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><strong><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"> </span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Información identificativa de la persona consultada.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Relación de nombres y domicilios distintos con los que consta en el fichero.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Resumen de la situación actual de operaciones impagadas (saldo total impagado, número de operaciones, etc&#8230;).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Detalle de cada una de las operaciones impagadas (importe, número de cuotas, tipo de entidad acreedora, etc&#8230;).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Evolución mensual (últimos 24 meses) tanto de la información resumida como detallada por operación impagada.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
<strong>EQUIFAX</strong> recopila y actualiza diariamente los datos suministrados por más de 270 entidades (entidades financieras de todo tipo, empresas de telecomunicaciones, editoriales, compañías de energía, etc&#8230;).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"></p>
<p></span><strong><span style="font-size:12pt;color:#330033;font-family:&quot;">Información Judicial</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
El fichero de Información Judicial contiene información sobre procedimientos judiciales y reclamaciones de Organismos Públicos, tanto de personas físicas como jurídicas. Información detallada sobre suspensiones de pago, quiebras, embargos, mayor o menor cuantía, ejecutivos, reclamaciones de cantidad, etc&#8230;</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
<strong>INFORMACIÓN LEGAL</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">El fichero ASNEF se encuentra regulado por el artículo 29 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, siendo considerado como un fichero de información relativo al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones dinerarias, en el que son los acreedores quienes facilitan la información incluida en el mismo.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">El fichero ASNEF cumple estrictamente con la normativa de Protección de Datos de carácter personal y cuenta con un Servicio de Atención al Cliente que se ocupa exclusivamente de atender todas las solicitudes que le dirijan los consumidores y en particular, de hacer efectivos los derechos que la ley reconoce </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
<strong>DERECHOS DE LOS AFECTADOS</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
La normativa de protección de datos reconoce a los afectados unos derechos que los responsables de los ficheros deben hacer efectivos. Entre ellos: </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Derecho de acceso.- Los interesados tienen derecho a solicitar y obtener información de sus datos de carácter personal incluidos en ficheros automatizados. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Derechos de rectificación y cancelación.- Los interesados podrán solicitar la rectificación o cancelación de los datos que sean inexactos o incompletos, inadecuados o excesivos. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Estos derechos son personalísimos y sólo podrán ser ejercidos por el afectado acreditando su identidad. No obstante, podrá actuar el representante legal del afectado cuando éste se encuentre en situación de incapacidad o minoría de edad que le imposibilite el ejercicio personal de los mismos, en cuyo caso será necesario que el representante legal acredite tal condición. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
El derecho de acceso puede hacerse efectivo mediante la propia configuración de la página web, recibiendo la información de forma inmediata. Para ello se introducirán los datos relativos al número de referencia que consta en la notificación de inclusión y el número del NIF del interesado. Estos datos son estrictamente necesarios para garantizar la confidencialidad de los datos, de forma que no se suministre información a persona distinta del propio interesado. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
También puede conocer su situación actual en el fichero, enviando un SMS al número 5767 con el texto: EFX (espacio) su número de DNI/NIF (espacio) número de expediente que aparece en la esquina superior izquierda de la presente notificación. Ejemplo: EFX DNI/NIF 2005999999999. Coste por mensaje 1,2€ + iva. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Si los datos fueran inexactos o incompletos, inadecuados o excesivos, podrá ejercerse el derecho de rectificación o cancelación dirigiendo una solicitud por escrito al fax número 91/768 77 53 o al apartado de correos 10.546, Madrid 28080. Es imprescindible que la solicitud vaya firmada personalmente por el interesado, que se acompañe fotocopia del DNI o documento equivalente y documentación acreditativa (por ejemplo, documentos que acrediten el pago). </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#330033;font-family:&quot;">Algunas preguntas.</span></strong><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Qué entidades pueden consultar mis datos en el fichero?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Las entidades partícipes del fichero son aquellas que son miembros de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito, de la Asociación Española de Factoring y de la Asociación Española de Leasing. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Las entidades que participan en el fichero pueden pertenecer a los siguientes sectores: bancos, cajas de ahorro, cooperativas de crédito, establecimientos financieros de crédito, entidades de renting, sociedades de garantía recíproca, telecomunicaciones, petrolíferas, seguros de crédito, editoriales y distribuidoras de libros, ofimáticas, distribuidoras de tarjetas, operadoras de telefonía fija y movil, operadoras de cable, de telefonía integrada, establecimientos financieros de marca, cementeras, de transportes, de rent a car, de alimentación, energéticas, agencias de valores y bolsa, etc. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Qué finalidad tiene el fichero?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">El fichero ASNEF tiene por finalidad la prestación de servicios de información sobre solvencia patrimonial y crédito de datos relativos al cumplimiento e incumplimiento de obligaciones financieras y crediticias para apoyar la toma de decisiones en las relaciones negociales, de ámbito financiero y crediticio. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Para qué consultan las entidades mis datos?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Las entidades consultan el fichero cuando una persona va a pedir un crédito, o una financiación, o cualquier otra operación que entrañe un riesgo económico, para comprobar si la persona que lo solicita está al corriente en operaciones similares con otras entidades. Es, por tanto, un mecanismo de información. </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Cómo puedo conocer los datos incluidos en el fichero ASNEF?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Los datos incluidos en el fichero ASNEF pueden conocerse a través de esta misma página web. Para ello deberá elegir la opción relativa al derecho de acceso e introducir su NIF y el número de referencia que aparece en la esquina superior izquierda de la carta de inclusión. Esta información se requiere para confirmar que es el propio afectado el que está ejerciendo su derecho.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Únicamente podrá solicitar el acceso el propio afectado, ya que se trata de un derecho personalísimo. No obstante, podrá actuar el representante legal del afectado cuando este se encuentre en situación de incapacidad o de minoria de edad que le imposibilite el ejercicio personal de este derecho.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿De qué otra forma puedo obtener la información incluida en el fichero?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">El derecho de acceso también puede solicitarse por escrito dirigiéndose al Servicio de Atención al Cliente el fax y la dirección, se encuentran el la web de equifax en la pregunta nº8.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
<strong>En el escrito se deberá indicar:</strong></span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
- Nombre y apellidos o razón social de la empresa.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- DNI / NIF / CIF.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Domicilio al que se pueda remitir la respuesta.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Adjuntar fotocopia de algún documento acreditativo de la personalidad.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Fecha de envío y firma.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
Las entidades que participan en el fichero ASNEF también podrán comunicar a los interesados aquellos datos relativos a los mismos a los que ellas tengan acceso, remitiendo a los afectados al Servicio de Atención al Cliente del fichero ASNEF para que puedan completar el ejercicio de sus derechos.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Cuánto tiempo tardan en contestarme cuando solicito el acceso?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">La Ley señala que existe un plazo de un mes para permitir el acceso de los titulares a sus datos personales (artículo 12 Real Decreto 1332/1994) no obstante, si se dirige por escrito y la solicitud es correcta, se le remitirá la contestación en el menor plazo de tiempo posible.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
No obstante, si se solicita el acceso a través de esta página web obtendrá una respuesta inmediata.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Que puedo hacer para salir del fichero?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Se puede solicitar la rectificación o la cancelación de los datos dirigiéndose al Servicio de Atención al Cliente al fax número 91/768 77 53 o al apartado de correos 10.546, 28080 Madrid. En dicha solicitud se deberá indicar:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
- Nombre y apellidos o razón social si se trata de una empresa.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- DNI/NIF/CIF.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Datos que se desea rectificar o cancelar.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Domicilio para notificaciones.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Fotocopia del documento acreditativo de la identidad.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Fecha y firma.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Se deberá acompañar dicha solicitud de los documentos acreditativos de la petición que formula.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">Si procede la cancelación, en el plazo de 10 días se procederá a la misma. Si por el contrario, de acuerdo a la legislación vigente, no procediese la cancelación se comunicará por escrito en idéntico plazo (art. 15 del Real Decreto 1332/1994).</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
También se puede dirigir la solicitud de rectificación o cancelación directamente a la entidad que comunicó los datos al fichero, ya que es la propia entidad la que decide sobre la procedencia de la rectificación o cancelación.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Qué respuesta puedo recibir cuando solicito la cancelación de mis datos?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">La respuesta que puede recibir a su solicitud de cancelación puede ser:</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"> </span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- Procedemos a cancelar sus datos, de acuerdo a su solicitud.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">- No procede cancelar sus datos, ya que los mismos han sido confirmados por la entidad informante.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><strong><span style="font-size:12pt;color:#000099;font-family:&quot;">¿Por qué no puedo recibir una respuesta inmediata a mi solicitud de rectificación o cancelación?</span></strong></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;">La respuesta a una solicitud de rectificación o cancelación no puede ser inmediata porque es necesario que nuestro Servicio de Atención al Cliente se ponga en contacto con la entidad que ha suministrado los datos al fichero. Es la entidad informante de los datos la que decide sobre la procedencia o no de la rectificación o cancelación de los datos.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
No obstante, el plazo máximo de contestación para este tipo de solicitudes es de 10 días.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
<strong>¿Durante cuanto tiempo pueden estar mis datos en el fichero?<br />
</strong>De acuerdo con el artículo 29.4 de la Ley Orgánica 15/1999, de Protección de Datos de Carácter Personal, sólo se podrán registrar datos que no se refieran a más de seis años.</span></p>
<p class="MsoNormal" style="background:white;line-height:18pt;text-align:justify;margin:0 0 5.35pt;"><span style="font-size:12pt;color:#3333ff;font-family:&quot;"><br />
</span><span style="font-size:12pt;color:#660000;font-family:&quot;">Una vez, tengas tu listado, consulta que la deuda o deudas que tengas, si son superiores ha 6 años y están en el fichero, puedes solicitar que te saquen a través de una denuncia o querella contra el fichero de morosos de Equifax.</span></p>
<br />  <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gocomments/soymoroso.wordpress.com/4/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/comments/soymoroso.wordpress.com/4/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godelicious/soymoroso.wordpress.com/4/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/delicious/soymoroso.wordpress.com/4/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gofacebook/soymoroso.wordpress.com/4/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/facebook/soymoroso.wordpress.com/4/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gotwitter/soymoroso.wordpress.com/4/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/twitter/soymoroso.wordpress.com/4/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/gostumble/soymoroso.wordpress.com/4/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/stumble/soymoroso.wordpress.com/4/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/godigg/soymoroso.wordpress.com/4/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/digg/soymoroso.wordpress.com/4/" /></a> <a rel="nofollow" href="http://feeds.wordpress.com/1.0/goreddit/soymoroso.wordpress.com/4/"><img alt="" border="0" src="http://feeds.wordpress.com/1.0/reddit/soymoroso.wordpress.com/4/" /></a> <img alt="" border="0" src="http://stats.wordpress.com/b.gif?host=soymoroso.wordpress.com&amp;blog=7045417&amp;post=4&amp;subd=soymoroso&amp;ref=&amp;feed=1" width="1" height="1" />]]></content:encoded>
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		<title>¡Hola, mundo!</title>
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		<pubDate>Sat, 21 Mar 2009 09:15:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>teparlo</dc:creator>
				<category><![CDATA[General]]></category>

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